A un mes de haber asumido la presidencia, Javier Milei impulsa un cambio radical en la política nacional. Con un mega Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) decretó el fin de las agencias de viajes habilitadas, comprometió al segmento de turismo estudiantil, eliminó leyes del segmento hotelero y condicionó la operatividad en los Parques Nacionales, entre otros embates.
Uno por uno, todos los cambios en Turismo tras el mega DNU de Milei
A través de su DNU, Javier Milei decretó el fin de las agencias de viajes habilitadas. Turismo estudiantil, comprometido. Elimina leyes del segmento hotelero.
Las tres leyes sobre Turismo que derogó Javier Milei repercuten en el sector de agencias de viajes y hoteles.
De esta manera, y pese a que el documento aclara que no es posible desconocer la importancia que el desarrollo del turismo tiene en el crecimiento económico del país, “más aún cuando se cuenta con atractivos turísticos inigualables y en un contexto de creciente globalización”, el Gobierno eliminó las leyes:
- N° 18.828, de "Reglamentación Hotelera".
- Nº 18.829, de ”Agentes de Viajes".
- Nº 26.356, de “Sistemas turísticos de Tiempo Compartido”.
A su vez, el líder de La Libertad Avanza envió al Congreso el proyecto de ley Ómnibus. El paquete de leyes incluye reformas económicas, impositivas, energéticas, penales y electorales.
En lo que refiere a la industria turística, el documento busca redefinir los conceptos de Ley Nacional de Turismo y cambia varios artículos que alteran los parámetros de las agencias de viajes.
Por su parte, desde las gremiales buscan frenar los embistes del Ejecutivo. CAT se reunió con los diputados del bloque de Unión por la Patria; mientras que Faevyt presentó un amparo para declarar inconstitucional el DNU.
Desregularizan la actividad de las agencias de viajes
El Gobierno derogó la ley 18.829 y con ello decretó el fin de los lineamientos que regían el manejo del Registro de Agentes de Viajes, el cual fue creado con el propósito de garantizar el “control de la calidad y honestidad de los servicios prestados” y asegurar la protección de los consumidores.
De esta manera, permite que diversos actores se consideren con derecho a vender servicios turísticos.
Al respecto, deja al sector librado a las "fuerzas del cielo" ya que solo con un CUIT y la habilitación en AFIP de la actividad comercial de "ventas de viajes y turismo" cualquiera ahora puede vender viajes amparado por la ley.
Entre los puntos claves que se derogaron sobresalen:
- Se prescinde de un certificado que legitime a las agencias de viajes como empresa de viajes registrada.
- Dejó de existir una autoridad nacional donde tramitar la licencia y las cuestiones administrativas.
- Se elimina el seguro de caución anual, el cual hubiera vencido el próximo 15 de marzo.
- Queda nula la obligatoriedad de tener un representante técnico inscripto en el Registro de Idóneos.
"Pasamos del anacronismo de exigirle hasta hace un mes a muchas agencias, que, bajo amenaza de sanción, exhiban el libro de reclamaciones foliado, un croquis en pdf y los contratos entre empresas, entre otras cuestiones operacionales, a un sistema sin autoridad nacional competente. Un absurdo", simplificó Diego Benítez, abogado/Doctor en Derecho, profesor titular UNRN y experto OMT.
Coletazos de la derogación de la ley 18.829 en la rama de turismo estudiantil
Cabe destacar que el DNU desreguló la actividad de las agencias de viajes para cualquier tipo de segmento, como el turismo estudiantil, que incluye viajes de egresados, pero también viajes de estudio. Esto se mantiene, al menos, hasta que no se apruebe el proyecto de ley Ómnibus.
Esto significa que las familias ya no tendrán las mismas garantías que antes, o, mejor dicho, podrían tenerlas, pero dependerá del control por parte del consumidor y de la agencia que ofrezca los servicios en esas condiciones.
Entre los daños colaterales podemos mencionar:
- El DNU no deroga expresamente la ley 25.599 de Turismo Estudiantil, pero la deja inaplicable, porque la técnica legislativa no fue la de regular el turismo estudiantil como actividad, sino establecer las condiciones en las que se debe desarrollar el sector dentro del Registro que crea la ley de Agentes de Viajes.
- Ya no se exigirían requisitos económico-financieros para operar en el segmento de viajes de estudio y de fin de curso.
- Se elimina el Fondo de Fideicomiso de Turismo Estudiantil, creado para responder ante posibles incumplimientos de empresas de viajes de egresados, y que se fondea a través del sistema Cuota Cero.
- Se deja de exigir a las agencias de viajes constituir seguros y garantías, así como realizar reservas de plazas de hospedaje y transporte, garantizando la disponibilidad en contratos realizados uno o dos años antes del viaje.
- Se quitan los requisitos especiales para los coordinadores, quienes, según la exnormativa, debían ser mayores de 21 años, tener el secundario completo, no tener antecedentes penales y figurar en el Registro de dicha actividad.
El mega DNU deroga más leyes de Turismo: ¿hoteles al descubierto?
En cuanto a las leyes 18.828 y 26.356, que remite a la Reglamentación Hotelera y a los Sistemas Turísticos de Tiempo Compartido (STTC),respectivamente, desde el Gobierno explicaron que la prioridad es "liberar la actividad de los alojamientos turísticos de carácter privado y reducir su carga burocrática".
Al respecto, las normas se consideran obsoletas, ya que ambas fueron absorbidas por el Código Civil o se encuentran reguladas por normativas provinciales o municipales.
De esta manera, y en sintonía, desde el sector hotelero reconocieron que la ley 18.828 no estaba vigente y se promulgó, en su momento, para incentivar la inversión hotelera durante el Mundial 78.
"Todo lo que es categorización se regula en materia provincial, por lo que no cambia nada y efectivamente derogar esa ley facilita el entendimiento”, explicó Gabriela Ferrucci, presidenta de la Asociación de Hoteles de la República Argentina (AHT).
Por otro lado, declaró que la derogación de la ley 27.221 (de locación de inmuebles) puede afectar a los huéspedes de plataformas como Airbnb, ya que el que contrata el servicio pasa a tener un contrato de locación y no con fines turísticos.
“En este caso el huésped deja de estar protegido ante Defensa del Consumidor, pero la realidad es que en la práctica tampoco lo estaba porque la mayoría de estos inmuebles no estaban registrados y nadie tributaba por ese alquiler”, sostuvo.
Respecto a la norma del Tiempo Compartido, referentes del segmento comunicaron que el registro nacional donde los prestadores del tiempo compartido (propietarios, comercializadores, vendedores, redes de intercambio, etc.) debían estar inscriptos está extinguido desde hace muchos años.
Cabe destacar que el daño mayor para el rubro hotelero lo provoca la desregulación de la ley de Alquileres, que los pone en igualdad de competencia ante los propietarios de inmuebles tradicionales, que ahora, quieran alquilar de manera temporal a los turistas.
Javier Milei descarta a Turismo como derecho social
El proyecto de ley Ómnibus, que tiene más de 180 páginas y 664 artículos con modificaciones de cientos de leyes vigentes, cambia artículos de la Ley Nacional de Turismo (25.997).
En concreto, busca reemplazar el artículo 2° de dicha norma, estableciendo nuevos principios rectores, y apunta al fin del turismo como derecho social y económico de las personas.
Al respecto, rechaza la obligación del Estado Nacional de comprometerse a garantizar el descanso para los ciudadanos; mientras que descarta al "turismo como un derecho social y económico de las personas dada su contribución al desarrollo integral en el aprovechamiento del tiempo libre y en la revalorización de la identidad cultural de las comunidades”.
En ese orden, desde el Gobierno no dieron precisiones respecto a qué pasará con las unidades turísticas de Chapadmalal y Embalse, en las provincias de Buenos Aires y Córdoba, respectivamente.
Apuntan a la Ley Nacional de Turismo
El paquete de leyes, también, cambia la ley de Agencias de Viajes (25.599), y con ello prevé alteraciones en la norma del turismo estudiantil.
Entre las nuevas disposiciones las firmas deberán:
- Contar con un Certificado nacional de autorización para agencias de turismo estudiantil. Será expedido por el Ministerio de Turismo, Cultura y Deporte (SIC), que evaluará y acreditará el cumplimiento de todos los recaudos legales que exige la presente ley y su reglamentación.
- Para obtenerlo deberán presentar una declaración jurada o cualquier cambio que modifique la misma, dentro de los quince (15) días hábiles de producido el mismo. El incumplimiento será sancionado con una multa de hasta mil (1000) UVA.
- Si por razones de fuerza mayor no fuera posible la utilización de alguno de los servicios previamente contratados, la agencia deberá brindar uno de igual o superior categoría al establecido. Sin perjuicio de lo dispuesto, el usuario podrá optar por la rescisión del contrato debiendo la agencia reintegrar el monto total de los servicios incumplidos.
El Gobierno condena el cuidado del medio ambiente
Desde APN indicaron que el DNU 70/23 firmado por el presidente, el cual derogó las leyes de Tierras Rurales, Bosques y Glaciares, y el posterior proyecto de ley Ómnibus enviado por el Poder Ejecutivo, están afectando directamente la operatividad y continuidad de Parques Nacionales.
Entre las alarmas recalcaron que la medida irrumpió la continuidad laboral de 246 personas que fueron contratadas en 2023; así como repudiaron que la iniciativa vigente limita la validez de otros contratos a tres meses, sujetos a revisión. Detallaron que, si bien la mitad de la fuerza laboral tiene empleo permanente, el resto trabaja de manera temporal.
A su vez, reclamaron que no se ha designado ninguna autoridad para supervisar el funcionamiento de Parques Nacionales y áreas protegidas.
En otro orden, y en plena temporada alta de incendios, advirtieron que el Gobierno busca modificar la ley 28.815 de Manejo del Fuego, que regula lo referido a los incendios rurales y forestales en el país, abriendo la puerta a la quema intencional de campos.
Si bien el Presidente anunció en cadena nacional que alteraría dicha norma, la misma no fue publicada en el DNU, aunque no se descarta que figure en el próximo paquete de reformas que está "craneando" Milei.
Más efectos del paquete de leyes
Entre otras disposiciones, la iniciativa busca derogar las leyes de Promoción de la construcción de hoteles de turismo internacional (17.752) –la normativa está en desuso– y de Promoción del turismo por medio de líneas de transporte (21.056); al tiempo que apunta a la desaparición del Comité Interministerial de Facilitación Turística, área que comenzó a funcionar bajo la administración de Gustavo Santos, pero que prácticamente no tuvo injerencia en la actividad.
En materia impositiva, el texto avanza en el blanqueo de capitales, y en una moratoria de las obligaciones tributarias y aduaneras y de los recursos de la seguridad social vencidas al 30 de noviembre. Asimismo, promueve modificaciones en el régimen tributario de Bienes Personales.
En lo que concierne a las privatizaciones de firmas tales como Aerolíneas Argentinas, el proyecto "faculta al Poder Ejecutivo Nacional a proceder a la enajenación de las participaciones accionarias o de capital del Estado Nacional y/o sus entidades en toda empresa privada, que no le otorguen la mayoría del capital social necesario para ejercer el control de tales entidades″.
Temas relacionados