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Flybondi: recurso de amparo contra las bandas tarifarias

Flybondi presentó un recurso de amparo judicial contra el Ministerio de Transporte de la Nación y ANAC para frenar el Decreto N°879/2021 sobre bandas tarifarias.

Luego de meses de argumentaciones y cabildeos políticos con senadores de todos los colores políticos Flybondi presentó un amparo judicial para buscar frenar la implementación del Decreto N°879/2021 que reestablece, entre otras cosas, las bandas tarifarias.

La demanda, que había sido presentada el 22 de febrero, fue aceptada esta semana por el juzgado en lo Contencioso Administrativo Federal N°7, a cargo del Juez Pablo Cayssials, según confirmaron en la Justicia. Curiosamente, el magistrado ya había fallado contra Flybondi en otro amparo pedido entorno al aeropuerto de El Palomar.

El planteo de Flybondi se centra en pedir la nulidad del decreto y su revocatoria. En función de eso, y consultados por Ladevi Medios & Soluciones diversos especialistas en derecho aeronáutico coincidieron en señalar que la estrategia podría pasar, argumentalmente, por demostrar que el decreto va contra la ley misma.

La batalla judicial de Flybondi contra las bandas tarifarias

En el Decreto N°879 se destacan dos cuestiones, relevantes y centrales: las polémicas bandas tarifarias y el no menos importante nuevo sistema de adjudicación de rutas aéreas internacionales. Curiosamente ambos aspectos están relacionados porque emanan de la Ley de Política Aérea N°19.030, un decreto-ley de 1971. Así al menos lo explica el decreto en sus considerandos.

En esa Ley de Política Aérea que data de 1971 se habla de la TER (Tarifa Económicamente Retributiva) que debiera ser fijada en interés de la Nación, de los usuarios y de los explotadores. Tal como se dijo argumentalmente, cuando se refiere a combatir del dumping, la realidad es que la TER garantiza que no haya dumping pero siempre sobre la matriz de costo de cada empresa y no sobre una base general que no existe.

Por otra parte, la potestad del gobierno para fijar una banda tarifaria, emanó de la Emergencia Aerocomercial fijada por el Decreto N°1.654/2002 y prolongada posteriormente por el Decreto N°1012/2006. Pero en ambos casos se trata de Decretos de Necesidad y Urgencia (DNU), los que fijaron la banda, a diferencia del Decreto N°879 que es un decreto reglamentario y por lo tanto, y según los especialistas, no puede ir contra la Ley N°19.030.

La Ley de Reforma del Estado 23.699: otro argumento a favor de Flybondi

Con relación a la reserva de mercado que también hace, explícitamente, la Ley N°19.030, los especialistas señalan que aunque la ley está vigente en sí, esa reserva sobre las rutas internacionales a favor de Aerolíneas Argentinas, fue revocada por la Ley de Reforma del Estado, la N°23.699. Esa norma permitió la privatización de Aerolíneas Argentinas, en su momento, y su transformación de S.E. (Sociedad del Estado), a S.A. (Sociedad Anónima). Y cuando se volvió a reestatizar la empresa, en 2008, se mantuvo explícitamente esa condición de S.A. De modo que utilizar la 19.030 para reclamar la reserva de mercado, según este argumento, no tendría ya validez.

Sin embargo y finalmente, todos los abogados especialistas coincidieron en remarcar que la última palabra la tiene hoy el juez Cayssials, quien debe expedirse sobre el amparo, sin perder perspectiva que los 180 días establecidos por el Decreto Nº879, como plazo máximo para establecer las bandas tarifarias, caducan el 24 de junio próximo.

Una selección de las principales notas que publicamos sobre el tema:

Con el decreto de Anac se perderían 4 millones de pasajeros

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