La Administración Nacional de Aviación Civil (ANAC) aprobó cambios en las Partes 91, 121 y 135 de las Regulaciones Argentinas de Aviación Civil para adecuar los requisitos de equipamiento aeronáutico a los estándares internacionales y facilitar la operación del parque aeronáutico comercial.
ANAC alinea los requisitos de equipamiento de aeronaves con estándares internacionales
ANAC introdujo cambios en las Regulaciones Argentinas de Aviación Civil con el objetivo de adecuar los requisitos de equipamiento con los lineamientos de OACI.
ANAC actualiza los requisitos de equipamiento de aeronaves.
El objetivo es actualizar la normativa local con criterios técnicos en línea con la Federal Aviation Administration (FAA) de Estados Unidos y las recomendaciones de la Organización de Aviación Civil Internacional (OACI), manteniendo los principios de seguridad operacional sin generar barreras innecesarias para la incorporación y operación de aeronaves en el país.
ANAC ajusta sus normas para mejorar la competitividad
La modificación en los requisitos contemplan adaptaciones en los sistemas de seguridad que integran aeronaves comerciales y no regulares:
- Equipos de alerta de colisión en vuelo (TCAS/ACAS)
- Sistemas de advertencia de proximidad al terreno (GPWS/TAWS).
- Grabadores de vuelo y de voz de cabina.
- Transmisores localizadores de emergencia.
Con estas adecuaciones, se busca que las exigencias técnicas estén acordes con la tecnología disponible actualmente y con las prácticas internacionales vigentes, evitando desincentivar el ingreso de aeronaves al mercado argentino por requisitos más estrictos que los aplicados en otros mercados. (ANAC redefine el régimen de infracciones aéreas: la DNTA será la primera instancia de juzgamiento)
Otro de los cambios aprobados por la ANAC es la eliminación de la exigencia del uso “exclusivo” de una aeronave para cada tipo de operación autorizada bajo la Parte 135 de las RAAC, lo que abre paso a modelos de aeronaves compartidas entre operaciones.
Asimismo, se eliminó la obligación de que las aeronaves matriculadas en un Estado extranjero –que sea parte del Convenio sobre Aviación Civil Internacional– y alquiladas por operadores que realizan transporte aéreo regular en Argentina deban realizar su mantenimiento exclusivamente en talleres u organizaciones autorizadas por la ANAC.
Bajo la nueva normativa, el mantenimiento podrá ser efectuado por organizaciones habilitadas por la autoridad aeronáutica del Estado de matrícula de la aeronave, salvo que exista un acuerdo específico que disponga lo contrario.

