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Transporte

Javier Milei abriría el transporte de pasajeros a buques extranjeros

La desregulación que prepara el gobierno de Milei permitiría que buques de otras banderas operen entre puertos argentinos y compitan con empresas nacionales.

En pocas palabras

  • Milei abre el cabotaje: el gobierno de Javier Milei prepara una reforma para permitir que buques extranjeros transporten pasajeros entre puertos argentinos.
  • Cambio competitivo: la desregulación habilitaría la competencia de embarcaciones extranjeras con empresas nacionales en rutas marítimas, fluviales y lacustres.
  • Arancel cero: se propone importar buques (nuevos o usados con hasta 20 años de antigüedad) bajo bandera argentina con un 0% de arancel extrazona.
Resumen generado por Thinkindot AI

El gobierno de Javier Milei prepara una reforma que permitiría a buques de bandera extranjera transportar pasajeros entre puertos argentinos. La apertura del cabotaje, incluida en el borrador de la ley de Desregulación, modificaría las condiciones de competencia y habilitaría nuevas conexiones marítimas, fluviales y lacustres vinculadas con el turismo. ( Javier Milei autoriza una nueva empresa de rampa)

El anteproyecto de más de 150 páginas en el que trabaja el Ministerio de Desregulación y Transformación del Estado para enviar al Congreso contempla que las embarcaciones extranjeras puedan realizar cabotaje nacional, definido como el transporte de cargas o pasajeros entre dos puntos del territorio argentino. La redacción de la iniciativa, publicada por Infobae, puede sufrir modificaciones.

Buques extranjeros podrían transportar pasajeros entre puertos argentinos

La propuesta abriría a operadores extranjeros un mercado actualmente reservado, como regla general, a barcos argentinos o a embarcaciones que hayan obtenido tratamiento de bandera nacional.

En caso de aprobarse, una compañía podría utilizar un buque inscripto en otro país para prestar servicios entre puertos argentinos, sin tener que incorporarlo previamente a la matrícula nacional. El cambio alcanzaría tanto a la navegación marítima como a la fluvial y lacustre.

El régimen estipula una incorporación progresiva de trabajadores argentinos. Durante los primeros 90 días de operación no se exigiría un porcentaje mínimo de tripulación nacional, proporción que aumentaría por etapas hasta llegar al 75% al cumplirse el primer año.

Los armadores extranjeros también serían considerados residentes fiscales una vez superados los 90 días de actividad en el país. A partir de ese momento deberían registrar a los trabajadores alcanzados e ingresar aportes y contribuciones al sistema argentino de seguridad social. (Scioli y Milei celebran más turistas internacionales)

Medios de transporte: cómo funciona hoy el cabotaje y qué cambiaría para las empresas

Actualmente, la navegación, comunicación y comercio de cabotaje nacional deben ser realizados únicamente por barcos argentinos. Para operar bajo ese régimen, las embarcaciones tienen que estar inscriptas en la matrícula nacional y cumplir requisitos locales de tripulación, seguridad y funcionamiento.

Los buques extranjeros pueden desarrollar navegación internacional en aguas argentinas, pero no están habilitados de manera general para transportar pasajeros entre dos puertos del país. Existen excepciones, permisos precarios y mecanismos que permiten otorgar tratamiento de bandera argentina a determinadas embarcaciones arrendadas en el exterior.

La Ley 27.419, por ejemplo, admite bajo ciertas condiciones el arrendamiento de buques extranjeros destinados al transporte de pasajeros o vehículos. Sin embargo, esas embarcaciones deben recibir tratamiento de bandera argentina, quedan sujetas a obligaciones locales y, como principio, deben operar con personal argentino.

El anteproyecto cambiaría esa lógica al permitir la participación directa de buques extranjeros. Para las empresas nacionales, supondría perder la exclusividad que hoy conserva la bandera argentina sobre el mercado interno y competir con operadores que pueden contar con otras escalas, fuentes de financiamiento y estructuras de costos.

La apertura podría favorecer la incorporación de embarcaciones y el desarrollo de rutas que actualmente no cuentan con oferta suficiente. Sin embargo, también abre el interrogante sobre las condiciones tributarias, laborales y regulatorias bajo las cuales competirán los prestadores argentinos y extranjeros.

La reglamentación será determinante para establecer si ambas banderas afrontarán obligaciones equivalentes en materia de impuestos, seguridad, seguros, contratación laboral, controles portuarios y responsabilidad frente a los pasajeros.

Aunque el barco sea extranjero, los contratos de transporte de personas celebrados en Argentina, iniciados o finalizados en un puerto argentino quedan alcanzados por las normas locales de responsabilidad previstas en la Ley de Navegación.

El nuevo transporte de turismo marítimo y fluvial que delinea Javier Milei

La apertura podría facilitar el ingreso de nuevos operadores y la creación de conexiones entre destinos costeros, ciudades portuarias y corredores fluviales. También permitiría analizar servicios de ferries, transporte de vehículos, excursiones navegables y circuitos turísticos que combinen distintos puntos del país.

El potencial turístico no se limita a los servicios regulares. La posibilidad de transportar pasajeros entre puertos argentinos también podría resultar relevante para operadores internacionales interesados en comercializar tramos internos, recorridos temáticos o navegaciones integradas a otros productos turísticos.

Esto no significa que la aprobación de la ley vaya a generar automáticamente nuevas rutas. La viabilidad comercial dependerá de la demanda, los costos portuarios, la disponibilidad de terminales, la infraestructura de los destinos y las condiciones de navegabilidad.

También deberá determinarse cómo se aplicará el régimen a las compañías de cruceros. El cambio podría habilitar trayectos entre puertos argentinos que actualmente presentan limitaciones de cabotaje, aunque el alcance dependerá de la redacción definitiva y de su posterior reglamentación. (El negocio de cruceros cambia de rumbo: lujo y expedición ganan la batalla comercial)

Arancel cero para importar embarcaciones

El anteproyecto que "cranea" el gobierno con el ministro de Desregulación y Transformación del Estado, Federico Sturzenegger a la cabeza propone establecer una alícuota del 0% para la importación extrazona de buques y artefactos navales, nuevos o usados, con una antigüedad máxima de 20 años, siempre que sean incorporados a la bandera argentina.

La medida podría reducir el costo inicial de renovación o ampliación de flota para las empresas que decidan matricular embarcaciones en el país. También se contemplan beneficios vinculados con inversiones destinadas a la construcción, compra, modernización y reequipamiento de buques.

Para el turismo, estas herramientas podrían facilitar la incorporación de barcos de pasajeros, ferries y embarcaciones destinadas a circuitos recreativos. Sin embargo, su utilización dependerá de los requisitos de acceso, el monto de las inversiones y las condiciones financieras de cada proyecto.

El combustible, un beneficio que no alcanzaría a los pasajeros

El borrador también introduce una exención de los impuestos sobre los combustibles líquidos y el dióxido de carbono para parte de la actividad naval de cabotaje.

No obstante, el análisis tributario del anteproyecto indica que el beneficio estaría limitado a embarcaciones destinadas exclusivamente al transporte de cargas y a determinadas pruebas de buques construidos o reparados en astilleros nacionales. (Fehgra: "Muchas PyMEs hoteleras y gastronómicas deben elegir entre pagar impuestos o salarios")

Por lo tanto, no puede afirmarse que los ferries, las excursiones turísticas o los servicios regulares de pasajeros vayan a acceder a la misma ventaja fiscal. La diferencia podría mantener una brecha relevante entre los costos operativos del transporte de cargas y los de la navegación turística.

El antecedente que fue rechazado por el Congreso

El Gobierno ya había intentado flexibilizar el régimen mediante el DNU 340/2025, que habilitaba la participación de buques bajo registro extranjero dentro del Régimen de Excepción de la Marina Mercante Nacional.

La norma fue rechazada por la Cámara de Diputados y el Senado. En septiembre de 2025, el Poder Ejecutivo dictó el Decreto 628, que restituyó la vigencia de las disposiciones anteriores y, con ellas, la reserva general del cabotaje para los barcos argentinos.

El nuevo anteproyecto busca retomar esa transformación mediante una ley aprobada por el Congreso. Para el turismo, la discusión no pasará únicamente por la apertura del mercado, sino por determinar si el cambio puede traducirse en nuevas conexiones, mayor oferta y mejores productos sin generar condiciones desiguales para las empresas que ya operan bajo bandera argentina.

Por el momento, el contenido conocido corresponde a un borrador y no tiene vigencia. El alcance definitivo dependerá del proyecto que el Poder Ejecutivo presente y de las modificaciones que pueda recibir durante el debate legislativo.