La maniobra de aterrizaje es el momento de mayor concentración para los pilotos, pero se ha convertido en una acción de alto riesgo cuando de aproximación al Aeropuerto de Ezeiza hablamos. Recientemente, el empresario y aviador Enrique Piñeyro denunció un nuevo ataque sistemático con un potente puntero láser, una práctica que pone en peligro a cientos de vidas.
La "broma" del láser a pilotos: penas de hasta 25 años de cárcel por atentar contra la seguridad aérea
Enrique Piñeyro denuncia ataques láser a pilotos en Ezeiza: la ley prevé hasta 25 años de cárcel por poner en riesgo los vuelos y pasajeros. Sanciones y multas.
Pilotos en alerta: Enrique Piñeyro denuncia láser en Ezeiza. Por qué es un delito federal con cárcel en Europa y Estados Unidos, y qué pena rige en Argentina.
"Es un pasatiempo peligroso. La solución del problema es policial, no aeronáutica... Es hora de que las fuerzas de seguridad se ocupen del problema”, criticó en su cuenta de X, poniendo el foco en un problema que es global.
En este sentido, recalcó que el láser, apuntado desde tierra a 400 mts. de la pista, es suficiente para cegar temporalmente al piloto, desorientarlo o causarle lesiones, lo que puede derivar en una catástrofe aérea. La pregunta es: ¿cómo responde la ley ante este tipo de agresión criminal?
Argentina: el recurso penal contra el atentado a la seguridad aérea
La clave legal en Argentina, mencionada por el propio Piñeyro, es el Artículo 190 del Código Penal.
En términos legales, contempla una pena de 2 a 8 años de prisión para quien "ponga en peligro la seguridad de una nave o aeronave por cualquier medio". El acto de apuntar con láser cumple con esta tipificación.
Por su parte, la sanción se eleva a 10 a 25 años de prisión si el hecho causare "un accidente, lesión o muerte". El riesgo no es una multa administrativa, sino un crimen con pena de prisión de cumplimiento efectivo.
Sin embargo, el planteo de Piñeyro sobre que la solución es "policial" radica en que este acto es un delito de acción pública. ( Aeroparque Jorge Newbery con nuevo sistema de slots)
No se trata de una multa de la autoridad aeronáutica (como ocurre en otras regiones), sino de una figura penal que requiere la intervención de la policía y la fiscalía para identificar, detener y procesar al agresor.
El contraste internacional: cárcel vs. multas millonarias
La respuesta legal a este fenómeno es un fiel reflejo de la gravedad que cada jurisdicción otorga al riesgo aéreo.
En Estados Unidos, por caso, el acto se clasifica explícitamente como un Delito Federal (Federal Crime) por el Título 18 del Código. La sanción es la más severa a nivel penal:
- Penas de cárcel: hasta 5 años de prisión.
- Multas judiciales: multas penales de hasta US $250 mil.
- Sanciones Civiles (FAA): la Administración Federal de Aviación (FAA) actúa con mano dura, imponiendo multas civiles adicionales de hasta US$ 11 mil por infracción y hasta US$ 30,8 mil en incidentes múltiples.
En Europa, el foco está en una multa disuasoria. España, por ejemplo, prioriza la sanción económica y administrativa para disuadir la práctica, aunque con cifras que impactan la capacidad económica del infractor:
- Multas administrativas: el uso de láseres contra aeronaves se castiga como una infracción muy grave a la Ley de Seguridad Aérea, con multas que oscilan entre € 30 mil y € 600 mil.
- Acción penal: la vía penal se reserva para casos donde se demuestre intención de causar un daño o se produzca un accidente grave, pero la disuasión inmediata se basa en el castigo pecuniario extremo.
Vuelos ante el riesgo de una broma letal a pilotos: la región con tolerancia cero
En Sudamérica la acción se procesa de manera similar a Argentina, utilizando figuras penales amplias contra la seguridad del transporte. (Simplifican certificaciones en ANAC y facilita la llegada de nuevos aviones al país)
- En Colombia, está práctica es considerada un delito grave y se aplican multas económicas –por encima de los US$ 9 mil–, además de la posible acción penal.
- Para Brasil, estas conductas son catalogadas como infracciones graves a la seguridad y se aplican multas de R$ 200 mil (unos US$ 38 mil).
- Chile califican el uso indebido del láser como una amenaza para la seguridad aérea que puede causar deslumbramiento, ceguera temporal, distracción y desorientación de los pilotos en fases críticas como el aterrizaje. Las sanciones oscilan entre prisión o reclusión menor en sus grados medio a máximo (lo que implica penas de cárcel que van desde los 541 días hasta 5 años, dependiendo de la gravedad); y multas expresadas en Unidades Tributarias Mensuales (UTM).
En resumen, los códigos penales solo se activan para castigar la puesta en peligro de un medio de transporte, lo que valida la exigencia de Piñeyro de una respuesta policial-judicial firme para evitar que una "broma" se convierta en una tragedia.
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