Tras la intempestiva e inconsulta resolución del Banco Central de la República Argentina (BRCA), y a días de que comience FIT, la industria turística estaba en shock. Sin embargo, y como si hubiera aplicado la técnica del aikido, Faevyt encauzó el rumbo y recala en La Rural con varios ases en la manga.
Dirigentes-empresarios traccionan la recuperación turística
A días de que comience FIT, la industria turística estaba en shock. Sin embargo, Faevyt encauzó el rumbo y recala en La Rural con varios ases en la manga.
En menos de 48 horas la entidad que conduce Gustavo Hani se movilizó para destrabar beneficios para las agencias de viajes cuyo reclamo datan del Congreso de Tucumán; y se reunió con los referentes del BCRA para delinear medidas que mitiguen el impacto negativo del cepo a los viajes en el exterior.
El raid político contempló, además, ser atendido por Juan Manzur, jefe de Gabinete –segunda cumbre en menos de 30 días–, para evaluar iniciativas que promuevan el desarrollo de la actividad; así como encabezó el cónclave de la Cámara Argentina de Turismo (CAT) con el presidente del Banco Nación para extender los vencimientos de los créditos turísticos.
Prorrogan los "locales virtuales" y el cierre temporario
El Gobierno prorrogó medidas que otorguen certeza y previsibilidad, evitando consecuencias disvaliosas derivadas de la pérdida de las licencias.
De esta manera, los agentes de viajes podrán continuar operando con el beneficio del domicilio virtual para la atención al público hasta el 31 de julio de 2022.
Asimismo, estableció la extensión de la unificación de las estructuras; al tiempo que les autoriza por el plazo de seis meses compartir sus estructuras funcionales en un único local por el término de tres años. Tendrá validez hasta el 31 de julio de 2022.
En otro orden, prorrogó el plazo para la suspensión de actividades y el cierre temporario hasta el 31 de julio de 2022, de las agencias de viajes que presenten inconvenientes para dar cumplimiento a los requisitos exigidos en los incisos a), c) y d) del artículo 9° del Decreto N° 2.182 de fecha 19 de abril de 1972.
Por otra parte, el documento indica que las agencias de viajes que hubieren accedido a su cierre temporario y deseen reanudar sus actividades con anterioridad al día 31 de julio de 2022, deberán notificar dicha situación a la Dirección Nacional de Agencias de Viaje, y acreditar que cumplen con la totalidad de los requisitos exigidos en el Artículo 9° del Decreto N° 2182/72.
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Faevyt delinea la remontada
Juan Manzur y Gustavo Hani acordaron buscar alternativas a corto plazo que mitiguen el impacto negativo de la normativa que prohíbe la compra de viajes al exterior en cuotas.
Asimismo, el funcionario se comprometió a gestionar para que la Administración Nacional de Aviación Civil (ANAC) autorice los vuelos hasta marzo y que evalúe la eliminación de la restricción actual de los 30 minutos de separación entre operaciones.
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El BCRA no cede: sigue la prohibición
Autoridades de la Federación se reunieron con Sergio Woyecheszen, vicepresidente del Banco Central (BCRA), para presentarle un documento donde plantean los diversos escenarios negativos y las consecuencias que derraman de la reciente medida.
Desde el organismo ratificaron la prohibición de que los emisores de tarjetas de crédito financien en cuotas los pasajes de avión al exterior y los demás servicios turísticos fuera del país.
Sin embargo, reiteraron que se trata de una medida “momentánea” –hasta que no haya acuerdo con el FMI no se pondrá en discusión la resolución–; al tiempo que se pusieron a disposición para coordinar de forma urgente una mesa de trabajo semanal, con el fin de evitar cualquier suba en el gasto del rubro viajes, buscando que se mantenga estable durante la pandemia.
Desde Faevyt relevaron las severas implicancias económicas negativas para el sector turístico argentino, y advierten que la normativa puede afectar a la macroeconomía en general, "ya que podrán cancelarse rutas aéreas ya confirmadas”.
A su vez, manifiesta que es difícil pensar que pueda haber un "efecto reemplazo" entre los turistas que vacacionaban en el exterior y ahora pasen a hacerlo localmente.
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“Se trata de una medida que perjudica, principalmente, al segmento de la clase media que todavía no se resigna a no poder viajar al extranjero”, indica el texto realizado por el Observatorio Económico de Agencias de Viajes, que reconoce que los sectores de mayores ingresos “no se verían afectados ya que se pueden permitir pagar al contado sin modificar sus planes de viaje”.
En línea recordaron que “en 2019 se registró una caída del 28,6% del déficit de dólares por turismo, lo que se explica por el efecto ingreso y el efecto precio de la divisa que encareció de manera sustantiva el turismo al exterior para buena parte de la clase media y media-baja”.
En este sentido, afirmaron que solamente el 40% de los argentinos que salen del país lo hace por motivos turísticos: “La mayoría de los egresos se realizan por motivos laborales, de estudio, familiares, médicos u otras razones”.
Por otra parte, Faevyt volvió a plantear que el Gobierno castiga “injustamente” a las agencias de viajes; y señalaron que apenas “un dólar de cada cuatro que egresa del país se explica por la compra de servicios de transporte –pasajes aéreos– o la adquisición de paquetes de las agencias operadoras de turismo”.
Postergarían el pago de créditos
El Banco Nación reconoció las gestiones de CAT y que prosperan las negociaciones para postergar las cuotas de los créditos otorgados por el gobierno nacional al sector turístico, cuyos vencimientos están previstos para enero de 2022.
Se conformó una mesa de trabajo para identificar por empresa, región geográfica y rubro turístico, a quiénes se otorgará esta extensión de plazo para los créditos otorgados.
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Faevyt judicializaría la disposición del BCRA
La Federación continúa evaluando un accionar por vía judicial frente a semejante discriminación. Entre algunos de los alegatos, puntualizaron:
- Se restringe el derecho a ejercer toda industria lícita, comerciar y asociarse con fines útiles.
- Se viola la garantía a la seguridad jurídica reconocida por la Corte Suprema de Justicia en la ley de Tarjetas de Crédito.
- La medida vulnera el artículo 28 de la Constitución Nacional: “Altera los derechos de los usuarios –y de las empresas en consecuencia– atento modifica de hecho el derecho de los consumidores. Acceder a la financiación en cuotas “es derecho subjetivo privado adquirido al amparo de las leyes indicadas”.
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