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Paritarias para empleados de turismo: cómo serán los aumentos hasta julio

Faecys y Faevyt acordaron paritarias por 5,4%, sumas fijas para empleados de las agencias de viajes, revisión en agosto y vigencia hasta julio de 2025.

En el marco del Convenio Colectivo de Trabajo 547/08, la Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios (Faecys) y Faevyt firmaron las paritarias para el sector turismo, con vigencia desde el 1° de mayo al 31 de julio de 2025. La rubrica actualiza los salarios de los empleados de las agencias de viajes.

El entendimiento incluye incrementos salariales no remunerativos escalonados, sumas fijas y una cláusula de revisión en agosto, lo que representa una herramienta clave para recomponer el ingreso de los trabajadores ante el avance inflacionario.

¿Cómo se aplican los aumentos para el sector Turismo?

El acuerdo contempla un incremento total del 5,4%, a liquidarse como suma no remunerativa, distribuido en tres tramos:

  • 1,9% en mayo
  • 1,8% en junio
  • 1,7% en julio

El texto, explica, que los porcentajes se calculan sobre las escalas vigentes a abril de 2025, y se abonarán bajo el concepto “Incremento No Remunerativo – Acuerdo mayo 2025 ”.

A su vez, desde el sindicato liderado por Armando Cavalieri informaron que estas sumas serán tomadas en cuenta para el cálculo de presentismo, antigüedad y título, de acuerdo a lo establecido en el artículo 12 del CCT 547/08.

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Acuerdan paritarias con sumas fijas adicionales

Además del porcentaje, se acordó el pago de sumas fijas no remunerativas de carácter excepcional:

  • $ 35.000 en mayo
  • $ 40.000 en junio
  • $ 40.000 en julio

La suma correspondiente a julio será incorporada al salario básico en agosto de 2025. Para trabajadores con jornada parcial, los montos se abonarán de forma proporcional.

Faevyt y Faecys acuerdan la letra chica del acuerdo

El convenio tendrá vigencia hasta el 31 de julio de 2025, e incorpora una cláusula de revisión que establece que las partes podrán volver a reunirse en agosto de 2025 para evaluar la situación salarial y económica general. De acordarse nuevos aumentos, también serán de carácter no remunerativo y no acumulativo.

Desde la entidad que conduce Andrés Deyá destacaron que la rúbrica beneficiará a los trabajadores incluidos en el Convenio Colectivo de Trabajo 547/08, específicamente aquellos pertenecientes a la rama Turismo.

Entre las consideraciones finales y la homologación, se establece que los aumentos acordados no podrán ser absorbidos por otros incrementos otorgados previamente por los empleadores, salvo que hayan sido abonados a cuenta del presente acuerdo.

Además, si durante la vigencia se dictaran medidas estatales que otorguen bonos o ajustes salariales, estos podrán ser absorbidos hasta su concurrencia.

Finalmente, las partes solicitaron la homologación del acuerdo a la Secretaría de Trabajo de la Nación. En caso de demoras, las empresas podrán abonar las sumas con la leyenda: “Pago anticipado a cuenta del Acuerdo Colectivo mayo 2025”.

Paritarias de turismo: cómo quedan los salarios de los empleados de turismo y las agencias de viajes

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