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Transporte

Reglamentan la desregulación del transporte terrestre de pasajeros de media y larga distancia

Javier Milei desreguló el transporte terrestre. Empresas de ómnibus pueden establecer libremente los recorridos, precios y la duración de los servicios.

A través de la Resolución 57/2024, publicada este martes en el Boletín Oficial, el gobierno de Javier Milei estableció los procesos de desregulación del transporte terrestre de pasajeros de larga y media distancia, junto con el de oferta libre,

De esta manera, la Secretaría de Transporte del Ministerio de Economía y el Ministerio de Desregulación y Transformación del Estado, impulsan "modificaciones centrales que brindarán mejoras al sector”.

Al respecto, explicaron que “se moderniza un régimen de más de 30 años de antigüedad con un sistema cerrado, permisos rígidos y burocracia excesiva, pasando a un sistema simple, declarativo, gratuito, digital y que mantiene los estándares técnicos y de seguridad vigentes”.

En concreto, la iniciativa habilita la posibilidad de que cualquier vehículo que cuente con el correspondiente seguro y la Verificación Técnica Vehicular (VTV) al día, pueda ofrecer el servicio de transporte de pasajeros.

En otras palabras, autos, combis, utilitarios y demás rodados, podrán ser prestadores de transporte.

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Dicho por el ministro de Desregulación, Federico Sturzenegger, "quienes tengan vehículos grandes o pequeños (con seguro y revisión vehicular aprobada), los invitamos a convertirse en proveedores de transporte de pasajeros”.

En este sentido, instó a que cualquier interesado en proveer el servicio pueda hacerlo, y siguió: "Simplemente informan a través de un trámite remoto vehículos, choferes y los recorridos que planifican hacer”.

Por caso, los flamantes prestadores pueden cambiar esta información cuando quieran y las veces que requieran.

Cabe destacar que, entre los cambios vinculados a la desburocratización, se establece que los transportistas se registrarán de manera online y gratuita mediante la plataforma web Trámites a Distancia (TAD), donde deberán brindar la información relevante y actualizada de los servicios.

Por otra parte, la medida unifica todos los registros bajo un único Registro Nacional de Transporte Automotor de Pasajeros (RNTAP)brindando mayor comodidad y transparencia, con el ahorro de tiempo en la gestión de trámites burocráticos”.

"Esperamos que con esta nueva reglamentación todos los operadores del sector puedan trabajar en total libertad, compitiendo entre sí, y con la flexibilidad que demandan los tiempos que corren. Damos así un paso más para implementar la agenda de libertad económica que nos pide el presidente Javier Milei", sentenció Sturzenegger.

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Uno por uno los cambios en la desregulación del transporte terrestre de pasajeros

  • El trámite, que estará disponible a partir del 11 de diciembre del corriente, es obligatorio para la prestación de servicios de transporte automotor de pasajeros y tendrá carácter de Declaración Jurada (DDJJ). El correo electrónico registrado será al que llegarán las notificaciones pertinentes durante el proceso.
  • Los transportistas deberán completar: formulario de transportistas/empresas, DDJJ Nómina de Parque Móvil, DDJJ Nómina de conductores, título de propiedad o contrato de leasing de los vehículos, pólizas de seguros, etc.
  • Desde Transporte, informaron que “una vez registrados se emitirá el Certificado de Alta de Transportista dentro del plazo de 5 (cinco) días hábiles y podrán acceder a la inscripción de los servicios a prestar”.
  • Por su parte, "los transportistas que ya estén prestando servicios podrán continuar operando y tendrán un plazo de hasta sesenta días corridos para declarar en el RNTAP los servicios a realizar de acuerdo a la metodología aprobada".
  • Asimismo, indicaron que, partir de esta reglamentación, "se podrán establecer libremente recorridos, itinerarios, horarios, precios, modalidades y duración de los servicios, logrando una mayor oferta y competencia de precios, con beneficios tanto para el pasajero como para empresas y transportistas".

En esta línea, desde el Gobierno puntualizaron: "Antes de esta desregulación, una modificación en cualquier parámetro operativo (recorridos, paradas, frecuencias, etc) tardaba entre seis meses a un año como mínimo”, mientras que “ahora, con esta medida y con el principal objetivo de satisfacer la demanda de traslado de pasajeros; se simplifica y acorta el tiempo burocrático, solo teniendo que informar la baja del parámetro con 15 días de antelación, procediendo luego al alta con la modificación deseada”.

Para terminar, enfatizaron que “se mantienen las exigencias de seguridad ya establecidas en la normativa vigente, tanto de tránsito y seguridad vial, como en los requisitos en materia de seguridad, higiene y accesibilidad correspondientes a cada clase y tipo de vehículo”; mientras que concluyeron: "Se deberá cumplir con la revisión técnica vehicular de los vehículos”.

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