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Hoteles: Europa busca regular la distribución online

El Parlamento Europeo aprobó la Ley de Mercados Digitales, que podría poner fin a las condiciones abusivas a los gigantes de la distribución online de hoteles.

En julio, el Parlamento Europeo aprobó una nueva legislación sobre los mercados y servicios digitales, con la cual la Unión Europea (UE) pretende poner fin a abusos de poder de los gigantes de la distribución online de hoteles y les impone un estricto marco de obligaciones.

El paquete está compuesto por una Ley de Mercados Digitales (DMA), para regular la actividad y evitar prácticas monopólicas, y la Ley de Servicios Digitales, para regular contenidos ilegales en línea.

A priori, la Ley de Mercados Digitales afecta a las compañías con una posición económica relevante y de gran estabilidad en el mercado. Para considerarse de esta manera, deben tener una capitalización bursátil de al menos € 75 mil millones o ingresos de € 7.500 millones. A su vez, deberán contar mínimo con 45 mil usuarios activos, una cifra que equivale al 10% de la población de la UE.

Tal es el caso de gigantes como Google, Meta, Microsoft, Amazon o Apple. Sin embargo, es posible que incluya a más empresas, como Booking.com. El objetivo final es permitir a las pequeñas y medianas compañías competir en el mercado online en igualdad de condiciones.

Un marco legal para la distribución online de hoteles

Por su parte, los empresarios hoteleros confían en que la nueva normativa juegue a favor de ellos. En especial, porque la DMA marcará el final de las debatidas cláusulas de paridad e impedirá que las grandes OTAs prohíban a los hoteles ofrecer precios más bajos que en sus plataformas.

Para asegurar el cumplimiento de la normativa, habrá distintas vías de actuación. Por ejemplo, en caso de que la Comisión Europea sospeche que alguna compañía está incumpliendo la nueva Ley de Mercados Digitales, podrá realizar una investigación. También tendrá la capacidad de solicitar a la empresa infractora información adicional, de modo que podrían acceder a su base de datos.

Además, habría sanciones. Si tras el estudio se determina que una empresa ha incumplido las medidas, podrían recibir una multa coercitiva del 5% del volumen de facturación medio diario. También está contemplada una multa de hasta el 10% del volumen de facturación total mundial en el periodo de un año.

En caso de reincidencia, podrían imponerse otras medidas correctoras adicionales. Estas se aplicarán de manera proporcionada a la infracción que la compañía podría haber cometido.

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Expediente sancionador contra Booking.com

Los primeros días de octubre la Comisión Nacional de la Competencia (CNMC) de España inició un expediente sancionador contra Booking.com, por prácticas anticompetitivas.

En esta ocasión la Asociación Española de Directores de Hotel (AEDH) había interpuesto una denuncia contra la plataforma por imponer “condiciones y normas abusivas a los hoteles situados en España y a las agencias de viaje online, las cuales generaban una clara situación de dependencia económica de éstos con respecto a Booking.com”.

Asimismo, la AEDH detalló muchas de las prácticas abusivas que Booking.com realiza con los hoteles españoles:

  • La imposición en sus contratos de las llamadas “cláusulas de paridad”, que obligan al hotel a aplicar la misma tarifa y las mismas condiciones que la plataforma ofrece. De esta manera impide al hotelero poder ofrecer tarifas de comercialización más competitivas a través de sus propios canales de venta.
  • Impone comisiones a los hoteles por publicitarse en su canal.
  • La plataforma tiene el control sobre el relacionamiento y la atención al huésped, en perjuicio del hotel, que es el que presta el servicio.
  • La posibilidad que tiene Booking.com de modificar, unilateralmente, las políticas de reserva, cancelación y reembolso que tienen cada uno de los hoteles, imponiendo las suyas propias al cliente.
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La Comisión Nacional de la Competencia (CNMC) de España inició un expediente sancionador contra Booking.com, por prácticas anticompetitivas en la distribución de hoteles.

La Comisión Nacional de la Competencia (CNMC) de España inició un expediente sancionador contra Booking.com, por prácticas anticompetitivas en la distribución de hoteles.

Desde la cámara empresaria aclaran que todas estas cláusulas están incluidas en los contratos que Booking.com firma con los hoteles.

Sin brindar posibilidad alguna de rechazar, eliminar o matizarlas debido a la posición dominante en el mercado de reservas hoteleras que tiene. En España esta plataforma genera el 65% de las reservas.

Por su parte, la CNMC ha informado que el expediente sancionador abierto analizará “una posible imposición de condiciones inequitativas a los hoteles situados en España”, con las que Booking.com explotaría la situación de dependencia económica. “Todo ello podría constituir un acto de competencia desleal que podría falsear la libre competencia con afectación al interés público”, afirmó.

Por otra parte, la CNMC va a analizar también las políticas comerciales de Booking.com con otras agencias de viajes online, ya que “han podido tener ‘efectos exclusionarios’ sobre las demás agencias de viaje en línea”.

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