El 25 de junio, Fedecatur celebrará su Asamblea General Ordinaria para renovar autoridades. Tras ocho meses de postergación, el proceso electoral llega en un contexto cargado de tensiones internas, ausencias llamativas y una posible transición de liderazgo. Aun sin respaldo ni aval estatutario, Héctor Viñuales buscará prolongar su extensa presidencia.
Elecciones en Fedecatur: ya están confirmados los candidatos
Fedecatur elegirá nuevas autoridades. Héctor Viñuales busca extender su presidencia. Entérate quiénes votan, cómo será la disputa y qué está en juego.
Héctor Viñuales apuesta a una continuidad forzada. El estatuto de Fedecatur no establece un límite para la reelección del presidente.
En Tucumán, donde se realizará la Asamblea, el escenario electoral de Fedecatur asoma como una nueva disputa de poder.
El listado oficial confirma una amplia representación federal con postulantes de 14 provincias. Entre ellos, aparece nuevamente el nombre de Héctor Viñuales, actual presidente, que busca estirar una gestión que ya supera los nueve años, pese a la evidente falta de apoyo político y desgaste interno. (Fedecatur: persisten los problemas institucionales)
Todos los candidatos a presidir Fedecatur
De acuerdo a lo establecido en el art. n°29 de su Estatuto Social, desde Fedecatur notificaron los candidatos propuestos por cada cámara socia para participar del acto eleccionario el día 25 de junio de 2025.
Estos son los postulantes confirmados por provincia:
- Tucumán: Héctor Viñuales, Mirta Budeguer, Gregorio Werchow, Andrés Ávila
- Salta: Juan Facundo Assaf, Mauricio Clark, Freddy Soria, Lía Noemí Rivella, Martín Remo
- Río Negro: Orieta Lillo Arenas
- Tierra del Fuego: Ángel Brisighelli, Patricio Cornejo, Marcelo Lietti
- Corrientes: Alejandra Boloqui, Gladys Estela Álvarez, Marcelo Ávalos
- Córdoba: Gustavo Andrés Peralta, Sergio Fabián Navarro, José Alejandro González, Enrique Finocchietti, Cristian Levrino
- Chaco: Fabián Francisco Moncada
- Entre Ríos: Leonardo Schey
- Ciudad de Buenos Aires: Daniel Gustavo Manzalla
- Chubut: Juan Manuel Fernández, Griselda Soraya Boyraz, Pablo Marcelo Díaz Keiran, Santiago Martín Sussanich Chao, Tanya Aluminé Honik
- Mendoza: Cayetano Ricardo Beccaceci, Liliana González
- Provincia de Buenos Aires: Daniel Alfredo Suffredini, María Laura Teruel
- San Juan: Néstor Ismael Yafar, Daniela Tatiana Muñoz, Gustavo Ariel Giménez, Gustavo Ariel Chávez
- Santiago del Estero: Cristian Luna, Ana María Pécora, Carolina Giberti, Julio Jorge, Pedro Llorvandi, Fernando Storino
Héctor Viñuales apuesta a una continuidad forzada
Aunque parezca insólito, el estatuto de Fedecatur establece un límite de seis ejercicios económicos consecutivos para que el presidente pueda sostenerse en el cargo, sin embargo, el actual presidente ya lleva 9 ejercicios ya que Viñuales es presidente de Fedecatur en forma consecutiva desde 2016.
En concreto, y si bien desde su modificación en 2020, el artículo 25º indica que los cargos duran dos ejercicios económicos, pero el presidente puede ser reelegido indefinidamente, en el articulo nº 32, inciso G, explica que el presidente no puede superar los seis períodos.
Sin embargo, Viñuales ha logrado encadenar casi una década al frente de la federación, sin objeciones pero con cada vez menos respaldo político real.
Una de las sorpresas de esta elección es la ausencia de nombres históricos del oficialismo, como Guillermo Conti y Daniel Gaona, habituales en la estructura de poder de Viñuales.
En cambio, quien generó revuelo al figurar como candidata es Lía Rivella, presidenta de ASAT, envuelta recientemente en una denuncia por presunta falsificación de documentación en una asamblea, causa que aún está en curso. (Escándalo en la ASAT: denuncian irregularidades).
Orden del día de la Asamblea
El evento se llevará a cabo el 25 de junio de 2025, a horas 19 hs. en la sede social de Fedecatur, ubicado en calle San Lorenzo 378, San Miguel de Tucumán.
En tal oportunidad se tratará el siguiente orden del día:
- Motivo de la demora en convocar Asamblea.
- Aprobación de poderes de los Delegados y/o Representantes de cada cámara que asistan a la Asamblea.
- Aprobación de las Memorias, Inventarios, Balances General e Informes de la Comisión de fiscalización del ejercicio económico cerrado el 30/06/2024.
- Consideración y Aprobación del Presupuesto de Recursos y Erogaciones para el ejercicio económico con fecha de cierre al 30 de junio de 2025.
- Renovación parcial de Autoridades: A) Designación de tres asistentes a los efectos de realizar el acto eleccionario, B) Elección parcial de: I.- Miembros Consejo Directivo (por dos ejercicios económicos según art. 25 del Estatuto) Presidente, VicePresidente 2°, Secretario, Tesorero, Vocal Titular 1, Vocal Titular 3, Vocal Titular 5, Vocal Titular 7, Vocal Suplente.1, Vocal, Suplente 3, Vocal Suplente 5, Vocal Suplente.7, Vocal Suplente. 9; II.- Revisores de Cuentas (por un año según inc. d art. 39 del estatuto): dos Titulares y dos Suplentes.
- Proclamación de los miembros electos.
- Elección de dos asociados para firmar el acta.
- Designación de la/s persona/s autorizada a realizar la presentación del acta y la documentación correspondiente a esta Asamblea por ante la Dirección Personas Jurídicas de la provincia de Tucumán.
Cómo se vota y quiénes tienen derecho a hacerlo
El esquema electoral de Fedecatur está definido en los artículos 5º y 12º del estatuto. Existen cuatro categorías de socios, con derecho a voto ponderado según su antigüedad y condición institucional:
- Socios Fundadores: 12 votos cada uno (si mantuvieron su participación de forma ininterrumpida).
- Socios Provinciales no Fundadores:
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5 votos (si tienen menos de 3 años de afiliación).
10 votos (si superan los 3 años de afiliación).
-
- Socios de Municipalidades o Localidades: 10 votos en total (si hay hasta 15 entidades); se suman 5 votos más por cada 10 socios adicionales.
- Socios Adherentes: 5 votos en conjunto, sin importar la cantidad de presentes.
Entre los socios fundadores con mayor peso aparecen Tucumán, Salta y Córdoba.
Entre los socios provinciales figuran Catamarca, Chaco, Chubut, CABA, Corrientes, Entre Ríos, Jujuy, Misiones, Río Negro, La Rioja, Mendoza, Buenos Aires, San Juan, Santiago del Estero, Santa Cruz y Tierra del Fuego.
Requisitos formales para votar
De acuerdo con el artículo 21° del estatuto y la Resolución PJ N°168/08, sólo podrán participar del acto eleccionario las entidades que:
- Estén al día con el pago de sus cuotas sociales.
- Certifiquen por escribano público la vigencia de sus autoridades.
En caso contrario, no tendrán ni voz ni voto en la Asamblea, aunque estén inscriptos como socios activos. (Fedecatur: tensión, traiciones y el ocaso de un liderazgo en retirada).
Cabe destacar que el elevado umbral de requisitos que la Federación impone a sus miembros para poder participar con derecho a voto en la Asamblea, puede interpretarse como un filtro que, más que garantizar transparencia, y limita la participación efectiva de entidades asociadas.
Esta rigurosidad contrasta fuertemente con la flexibilidad con la que la propia Fedecatur ha manejado cuestiones clave como el cumplimiento de los plazos estatutarios, la extensión irregular de mandatos y la postergación de instancias institucionales clave.
En ese sentido, la consigna tácita parece ser “cumplimiento para los otros, discrecionalidad puertas adentro”.
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