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Compró dos vuelos a US$ 500, y ahora Despegar y Aerolíneas Argentinas deberán pagarle US$ 21 mil

La Justicia condenó a Despegar y Aerolíneas Argentinas a pagar $ 30 millones, por no reprogramar ni devolver vuelos cancelados por la pandemia.

Ahora, un fallo de la Sala II de la Cámara Civil y Comercial de Bahía Blanca condenó a Despegar y Aerolíneas Argentinas a pagar cerca de $ 30 millones a una pasajera que nunca logró reprogramar ni recuperar el dinero de dos tickets a Ushuaia cancelados en marzo de 2020.

El caso, según publicó IProfesional, se transformó en uno de los antecedentes judiciales más fuertes de los últimos años para el sector aerocomercial y las Online Travel Agency (OTAS), no solo por el monto final de la condena, sino también por el mensaje que deja sobre las obligaciones de asistencia, información y respuesta frente a contingencias masivas.

Cómo comenzó la causa contra Despegar y Aerolíneas Argentinas

De acuerdo al medio, la demanda fue iniciada por una abogada de Bahía Blanca identificada como P.F.C., quien había comprado en 2019 dos pasajes a Ushuaia para viajar entre el 24 y el 31 de marzo de 2020. La operación se había realizado a través de Despegar, mientras que los vuelos eran operados por Aerolíneas Argentinas.

Sin embargo, pocos días antes del viaje comenzaron las restricciones sanitarias por el Covid-19 y el servicio fue cancelado. Según consta en el expediente, la pasajera intentó durante meses obtener una reprogramación o el reintegro del dinero, pero nunca recibió una solución concreta.

En la causa judicial, Despegar sostuvo que actuó únicamente como intermediaria entre la clienta y la aerolínea, y que las modificaciones dependían del transportador aéreo. Aerolíneas Argentinas, por su parte, argumentó que la cancelación se produjo por una situación excepcional y de fuerza mayor derivada de la pandemia y las restricciones estatales.

No obstante, la Justicia bonaerense entendió que ambas compañías mantuvieron una conducta omisiva frente al reclamo y consideró probado que nunca ofrecieron una solución efectiva ni una devolución razonable del dinero abonado.

Qué cuestionó la Justicia sobre el accionar de las empresas

Uno de los aspectos centrales del fallo comunicado por el portal fue que, con el paso del tiempo, la ruta Bahía Blanca–Ushuaia dejó de operar, lo que volvía inviable cualquier expectativa real de reprogramación. Para los jueces, a partir de ese momento correspondía avanzar directamente con el reintegro del dinero. (La agenda del CFT en Mendoza: vuelos cancelados, parques caros, caída del consumo y deterioro vial)

La Cámara también cuestionó la falta de respuestas claras y la prolongación del conflicto durante años. En ese sentido, el Tribunal sostuvo que existió un trato “desaprensivo” hacia la consumidora, y consideró que las empresas incumplieron los deberes básicos de información y atención previstos en la Ley de Defensa del Consumidor.

Los magistrados remarcaron además que la pasajera quedó atrapada en un escenario de incertidumbre permanente, sin devolución, sin nueva fecha de viaje y sin una vía concreta de resolución.

“Enriquecimiento sin causa” y daño punitivo: por qué la condena llegó a $ 30 millones

Uno de los puntos más duros del fallo aparece en los argumentos utilizados por la Cámara para justificar la millonaria condena contra Despegar y Aerolíneas Argentinas.

Según los jueces, las firmas mantuvieron durante años una situación en la que conservaron el dinero abonado por la pasajera sin prestar el servicio contratado ni concretar una devolución efectiva. En ese contexto, el Tribunal sostuvo que el caso configuró un “enriquecimiento sin causa”, ya que las compañías retuvieron fondos pese a que el viaje nunca pudo realizarse.

La Cámara también cuestionó el manejo de la información brindada a la clienta. El expediente remarca que nunca existió una respuesta clara sobre la devolución, ni una solución concreta frente a la cancelación del vuelo y el posterior cierre de la ruta aérea.

Para los magistrados, la pasajera atravesó años de incertidumbre, con comunicaciones insuficientes y sin una vía real de resolución. Por eso consideraron acreditado un “trato desconsiderado” hacia la consumidora, en violación de la Ley de Defensa del Consumidor.

Ese razonamiento fue central para justificar la aplicación del daño punitivo, una multa civil excepcional destinada a sancionar conductas graves y desalentar prácticas similares en el mercado.

Al analizar esa sanción, el juez de primera instancia había fijado un daño punitivo de $ 25 millones. Tanto Despegar como Aerolíneas Argentinas cuestionaron la cifra y sostuvieron que era “manifiestamente excesiva” y “desproporcionada”, especialmente porque el valor original de los pasajes apenas ascendía a $ 16.732.

Sin embargo, la Cámara ratificó el criterio y sostuvo que la conducta de las compañías revestía una “gravedad institucional” suficiente para mantener la multa civil. Además, ordenó actualizar el monto por inflación mediante el Índice de Precios al Consumidor (IPC) y agregar un interés anual del 6% hasta la fecha de la sentencia de primera instancia.

Con esa actualización, la indemnización total que deberá percibir la pasajera ronda actualmente los $ 30 millones. (Obras en Ezeiza: Iberia mantendrá vuelos entre Buenos Aires y Madrid, pero con escalas y menos frecuencias)

Vuelos: de un viaje de US$ 500 a una condena de US$ 21 mil

Otro de los datos que más impacto generó del caso fue la enorme diferencia entre el valor original de los tickets y el monto final de la condena.

Los pasajes habían sido adquiridos en 2019 por unos $ 16.000. En marzo de 2020, el dólar oficial minorista rondaba los $ 64 y el dólar blue cotizaba cerca de $ 85, por lo que el valor total de la operación equivalía aproximadamente a US$ 250.

Hoy, la condena cercana a $ 30 millones representa alrededor de US$ 21.000 al tipo de cambio financiero actual, una cifra muy superior incluso al costo presente de ese itinerario.

De hecho, según la propia OTA, actualmente un vuelo ida y vuelta entre Bahía Blanca y Ushuaia, con equipaje en bodega incluido, se comercializa en torno a los $ 350 mil, es decir unos US$ 240 al dólar financiero.

El antecedente que preocupa al turismo

El fallo vuelve a poner bajo análisis uno de los períodos más críticos para la industria turística. Durante la pandemia, miles de pasajeros enfrentaron cancelaciones, vouchers, demoras en reintegros y dificultades para reprogramar viajes en medio del cierre casi total de fronteras y operaciones aéreas.

Para el sector turístico, el caso también reabre el debate sobre la responsabilidad compartida entre las agencias intermediarias y las compañías aéreas, especialmente en operaciones comercializadas mediante plataformas digitales.

Además, el antecedente podría transformarse en una referencia relevante para futuros litigios vinculados con servicios turísticos cancelados, reintegros demorados y actualizaciones monetarias en contextos inflacionarios.