Los primeros días de mayo se llevó adelante la primera de las capacitaciones dentro del programa “Potenciar Trabajo”, que busca fomentar el empleo formal en hotelería y gastronomía.
Empleo formal: comenzaron los cursos de "Potenciar Trabajo"
Cabe recordar que el programa contempla la formación profesional de beneficiarios de planes sociales para incorporarlos al empleo formal en establecimientos del Área Metropolitana de Buenos Aires. Otro de los objetivos es impulsar la formalidad y promover la inclusión social para personas que se encuentren en situación de vulnerabilidad social y económica. Mientras que en estos espacios de formación se trabajan y fortalecen contenidos vinculados al sector; además habilidades en Housekeeping y Seguridad e Higiene.
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“Estamos muy contentos de poder iniciar esta actividad y agradecemos a Fehgra que puso a disposición sus equipos y recursos, para que podamos generar este espacio de formación y ustedes puedan aprovechar de esta excelente oportunidad”, expresó la subsecretaria de Calidad, Accesibilidad y Sustentabilidad del Ministerio de Turismo y Deportes, Inés Albergucci.
Además, hizo referencia a la relevancia de estos cursos en las nuevas incorporaciones al empleo registrado y afirmó que “van a complementar y ayudar a que el sector turístico, hotelero y gastronómico continúe creciendo”.
Las capacitaciones continuarán durante los próximos días, de manera presencial y con una duración de tres horas, en el Isehg.
Empleo formal: beneficios del “Potenciar Trabajo”
Los empleadores del sector hotelero y gastronómico que incorporen titulares del programa a su nómina de empleados, obtendrán los siguientes beneficios para las empresas:
- Monto incentivo abonado por el Estado nacional durante 1 año.
- Reducción de contribuciones patronales vigentes (hasta 95% de las mismas).
En tanto, los requerimientos para acceder a los beneficios son:
- La empresa debe incrementar su nómina de personal con el trabajador que contraten. A tal efecto, se considerará la planta de personal registrada por los empleadores en el mes previo a la solicitud de trabajadores para su adhesión.
- La empresa debe pagar los aportes y contribuciones sobre la totalidad del salario.
- La remuneración declarada no debe resultar inferior al 70% del salario básico correspondiente a la categoría D1 “Resto País” del CCT 389/04.
Quedan excluidas de los beneficios:
- Las empresas que se encuentren percibiendo simultáneamente las prestaciones de los Programas REPRO 1 y 2.
- Las empresas que figuren en el Registro Público de Empleadores con Sanciones Laborales (Repsal).
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