El 9 de diciembre, la Legislatura porteña aprobó la ley de Transformación del Área Céntrica de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. La norma busca convertir la zona del Microcentro en un área de vivienda y/o residencias comunitarias y, a su vez, incentivar la inversión privada en actividades económicas estratégicas, como la gastronomía, centros de enseñanza, centros médicos, instalaciones deportivas, lavanderías, peluquerías, veterinarias, centros culturales, clubes sociales, cines, teatros, talleres artísticos y salas de ensayo, entre otras.
Ciudad: ley de incentivo para la gastronomía en Microcentro
La Ciudad promueve la inversión en gastronomía en una de las zonas más afectadas por la pandemia.
Desde las Comisiones de Vivienda y Presupuesto, que elevó el proyecto de esta ley a la Legislatura, explicaron que "la transformación de edificios que hoy se encuentran vacíos, sin utilidad ni movimiento, permitiría un cambio de gran relevancia, que ya se está realizando en otras ciudades del mundo como consecuencia de la crisis sanitaria por Covid-19".
¿Cuál es la zona de Microcentro que se busca reactivar?
Las 120 manzanas delimitadas por las avenidas Santa Fe, Crucero General Belgrano, del Libertador, Leandro N. Alem, Paseo Colón, Belgrano, Bernardo de Irigoyen y Carlos Pellegrini, en ambas aceras.
¿Cuáles son los beneficios que otorga la ley?
Quienes inviertan en actividades estratégicas:
- Estarán exentos del Impuesto sobre los Ingresos Brutos durante los primeros dos años de vigencia de la ley.
- No deberán pagar los Derechos de Delineación y Construcción o por Capacidad Constructiva Aplicable Transferible, ni la Tasa de Verificación de Obra.
- Podrán computar como pago a cuenta de Ingresos Brutos un porcentaje del monto invertido en obras de adaptación, adecuación o de reforma.
- En tanto, el Banco Ciudad implementará líneas de crédito preferenciales para financiar la compra del equipamiento para desarrollar estas actividades.
Un requisito a tener en cuenta es que los espacios reconvertidos para desarrollar actividades estratégicas mantengan ese uso durante al menos cinco años.
¿Quiénes pueden acceder a los beneficios?
“Personas humanas, personas jurídicas y las uniones transitorias de empresas que realicen proyectos de reconversión de inmuebles", explica la norma. Es decir aquellos que conlleven obras de adaptación, adecuación o de reforma respecto de inmuebles existentes y que destine el mismo, en al menos un 30% de la superficie total, a viviendas y/o a las actividades estratégicas.
Las presentaciones de los proyectos deberán efectuarse antes del 31 de enero de 2024. Es requisito para gozar de los beneficios acreditar el cumplimiento de dos condiciones: que hayan realizado un compromiso de inversión dentro del Área Céntrica por medio de la presentación de un proyecto de reconversión debidamente aprobado y no poseer deudas con AFIP.
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