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Agencias de viajes: nuevas obligaciones, cambios en las normas y modificaciones impositivas

Asesores legales e impositivos de Faevyt repasaron las nuevas normativas para agencias de viajes sobre cláusulas, transporte aéreo y relaciones laborales.

Cinthia Cortés, asesora legal de Faevyt; Marina Goncalves, asesora impositiva de la Federación; y Roberto Romanin, asesor legal; dejaron en claro que, pese a la desregulación del sector, las agencias de viajes continúan atravesadas por nuevas obligaciones normativas y crecientes exigencias en materia comercial, laboral e impositiva. (Programa del Congreso para agencias de viajes)

Durante la disertación realizada en el Congreso de Agentes de Viajes de Faevyt, los especialistas coincidieron en que el eje central sigue siendo la profesionalización y la correcta información al pasajero. “No confundan desregulación con ausencia de normativa. Normativa hay, y nueva”, resumió Cortés.

La intermediación como defensa legal

Cortés defendió la figura de la intermediación como límite de responsabilidad para las agencias: “Quisiera mantenernos como intermediarios por los límites que pueden ofrecer esas figuras en la responsabilidad de ustedes”.

En esa línea, Romanin reforzó el concepto: “La intermediación sigue siendo la última defensa, o la primera, que nosotros podemos articular ante todos los planos”.

Qué información deben brindar las agencias de viajes

Uno de los principales ejes de la charla fue la obligación de informar correctamente en todos los canales de comercialización, especialmente digitales.

Cortés enumeró los datos que deben figurar en sitios web, redes sociales, WhatsApp y demás medios de venta:

  • Razón social completa.
  • Domicilio.
  • Datos de contacto.
  • CUIT.
  • Condiciones generales de contratación.
  • Política de privacidad y tratamiento de datos.
  • Información sobre defensa del consumidor.
  • Botón de arrepentimiento.
  • Información sobre imágenes y atractivos turísticos.
  • Seguridad de almacenamiento de datos personales.

También recordó que la oferta obliga al oferente según la Ley de Defensa del Consumidor.

Nueva normativa sobre cláusulas abusivas

La asesora legal repasó además la nueva normativa sobre cláusulas abusivas en contratos de adhesión.

Explicó que no pueden incluirse cláusulas que:

  • Permitan cambios unilaterales.
  • Habiliten rescisión sin causa.
  • Compensen deudas automáticamente.
  • Limiten derechos del consumidor.
  • Impliquen discriminación.

Todo lo que limite los derechos del consumidor y favorezca al proveedor se va a considerar nulo”, explicó.

Asimismo, subrayó la relevancia de las condiciones generales y particulares de contratación, especialmente en lo que compete a documentación migratoria, visados, vacunas y requisitos sanitarios.

La información tiene que darse antes de la compra”, sostuvo.

Transporte aéreo: nuevas obligaciones para las agencias

El nuevo régimen aerocomercial fue otro de los puntos centrales. Cortés explicó que el decreto 809/2024 obliga tanto a transportadores como intermediarios a brindar información clara sobre:

  • restricciones tarifarias;
  • cambios;
  • devoluciones;
  • penalidades;
  • condiciones del boleto.

Cuando un ticket no tenga devolución o la tarifa aérea no permita cambios, hay que informarlo claramente”, remarcó.

Y agregó: “La compañía aérea se exime de la responsabilidad y recae sobre las agencias”.

El impacto de la desregulación y la reforma laboral

Romanin analizó el impacto de las reformas laborales impulsadas desde 2023 y advirtió sobre el aumento de la litigiosidad. Sin embargo, afirmó que “hubo una práctica litigante, y no el gran cambio radical que se presagiaba”. (Reforma laboral: cómo cambian los despidos y juicios laborales en el turismo)

El abogado repasó las modificaciones introducidas por el DNU 70, la Ley Bases y la reciente Ley 27.802, incluyendo:

  • Ampliación del período de prueba.
  • Cambios en indemnizaciones.
  • Eliminación de multas laborales.
  • Nuevas figuras de trabajadores independientes.
  • Flexibilización de modalidades de contratación.

Según explicó, muchas agencias utilizan esquemas freelance o monotributistas, aunque advirtió que todavía queda pendiente la interpretación judicial definitiva.

Todas estas reformas tienen que pasar por el tamiz de los jueces”, indicó.

Factura de crédito electrónica y el beneficio de la factura T

Por su parte, Goncalves repasó novedades impositivas y advirtió sobre aspectos operativos que afectan especialmente a las agencias de viajes.

Entre ellos, explicó el funcionamiento obligatorio de la factura de crédito electrónica para pymes que operan con grandes empresas.

También recordó la vigencia de la factura T para hotelería receptiva internacional, herramienta que permite facturar sin IVA cuando:

  • El pasajero es extranjero.
  • El pago se realiza mediante divisas o tarjeta internacional.

Quien aplica factura T compite con quien no la aplica y al cliente le sale un 21% más barato”, destacó.

Nuevas obligaciones para directores y socios gerentes

Goncalves explicó además que desde julio de 2026 directores, síndicos y socios gerentes deberán emitir factura por sus honorarios.

El objetivo es que ARCA pueda realizar una preliquidación de Ganancias de personas humanas”, explicó.

Aclaró además que esos honorarios están exentos de IVA y no pueden facturarse vía monotributo.

Delitos tributarios: suben los montos y cambian las reglas

Asimismo, la asesora impositiva detalló los cambios introducidos por la Ley 27.799 en materia penal tributaria.

Entre otros puntos:

  • Elevó los montos mínimos para configurar evasión.
  • Modificó sanciones.
  • Cambió plazos de prescripción.
  • Introdujo nuevas herramientas de regularización.

Según detalló, la evasión simple se configura desde los $ 100 millones anuales por impuesto y la agravada desde los $ 1.000 millones.

Además, explicó que el fisco podrá evitar la denuncia penal si el contribuyente regulariza su situación, aunque “será por única vez y por contribuyente”.