Tras prohibir, mediante un Decreto de Necesidad y Urgencia los despidos y suspensiones por 60 días, el Gobierno finalmente avanzó con un paquete de medidas que prevé ayudar a las empresas a paliar la crisis derivada de la emergencia en la que entró el país producto del coronavirus.
Los empresarios miran con recelo los nuevos beneficios para las pymes
Al respecto, se dictó la creación de un Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción, iniciativa que facilitará el pago para pagar los sueldos, además de una postergación y/o rebaja de las cargas patronales durante marzo y abril.
Sin embargo, el primer análisis de la plana privada no fue positivo y advierten que los alcances serán apenas un aliciente para las pequeñas agencias, restaurantes u hoteles de 1 o 2 estrellas.
Además, indicaron que para los establecimientos hoteleros de 3 a 5 estrellas, como medianas y grandes agencias el beneficio será insuficiente para cortar la derrama y pagar la totalidad de los sueldos. “Necesitamos que el Estado se haga cargo de los salarios”, concluyeron.
PAQUETE A DISPOSICIÓN.
Entre los beneficios, las pymes podrán postergar o reducir hasta el 95% del pago de las contribuciones patronales al Sistema Integrado Previsional Argentino; así como la asignación Compensatoria al Salario, la cual cual varía según la cantidad de empleados de cada empresa:
- Para los empleadores de hasta 25 trabajadores: 100% del salario neto, con un valor máximo de un Salario Mínimo Vital y Móvil vigente $ 16.875.
- Para los empleadores de 26 a 60 trabajadores: 100% del salario neto, con un valor máximo de hasta un 75% del Salario Mínimo Vital y Móvil vigente.
- Para los empleadores de 61 a 100 trabajadores: 100% del salario neto, con un valor máximo de hasta un 50% del Salario Mínimo Vital y Móvil vigente.
Por otra parte, en relación al Repro, se prevé la asistencia por la Emergencia Sanitaria para los trabajadores en relación de dependencia del sector privado en empleadores que superen los 100 trabajadores. La misma tendrá un mínimo de $ 6.000 y un máximo de $ 10.000.
Entre los requisitos para acceder a uno o más de estos beneficios mencionados obtención, el DNU estipula que la empresa debe poder comprobar que:
- Sus actividades económicas fueran afectadas de forma crítica en la zona geográfica donde se desarrollan.
- Tiene una cantidad relevante de trabajadores contagiados por el Covid-19 o que estén en aislamiento obligatorio o con dispensa laboral por estar en grupo de riesgo u obligaciones de cuidado de algún familiar relacionadas a la pandemia.
- Que acredita una sustancial reducción en sus ventas con posterioridad al 20 de marzo de 2020.
Cabe destacar que los beneficios no estarán alcanzados para las actividades consideradas esenciales, que están trabajando en medio de la cuarentena.
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