En un escenario en el que la recesión laboral y la crisis económica son los protagonistas, el Gobierno decidió poner mayor presión fiscal para los que no pagan sus obligaciones tributarias.
El Ministerio de Hacienda resolvió actualizar las tasas de intereses resarcitorio y punitorio, los que pasarán a ser de 4,5% y 5,6% mensual, respectivamente, en la búsqueda de evitar que los contribuyentes morosos financien sus actividades mediante el incumplimiento de obligaciones con la AFIP.
En el caso del interés del resarcitorio mensual, en el artículo 1° indica que será "la efectiva mensual equivalente a 1,2 veces la tasa nominal anual para depósitos a plazo fijo en pesos a 180 días del Banco de la Nación Argentina vigente el día 20 del mes inmediato anterior al inicio del referido trimestre".
En tanto, el artículo 2° determinó que la tasa de interés punitorio mensual será la efectiva mensual equivalente a 1,5 veces la tasa nominal anual canal electrónico para depósitos a plazo fijo en pesos a 180 días del Banco de la Nación Argentina, vigente el día 20 del mes inmediato anterior al inicio del referido trimestre.
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