En todo contrato priman los principios de buena fe y solidaridad. Para conservar un contrato ante la imposibilidad de cumplimiento por parte de los prestadores frente a una situación como la que vivimos, el Derecho argentino ofrece soluciones que deben ser analizadas para evitar conflictos, pero -sobre todo- para evitar el cierre de establecimientos y así proteger el trabajo de miles de argentinos del sector turístico. No hay una sola lectura para resolver esta situación, pero es claro que debe prevalecer una mirada componedora frente a la incitación a reclamos que solo agravarán el daño.
Los dos principios mencionados se engloban en el principio de fraternidad, que podría tener una mirada solidaria en la defensa del trabajo argentino. Hoy tenemos tres frentes en lo jurídico: el salarial y laboral, por un lado; el de los procesos preventivos y liquidatorios de empresas turísticas; y, por último, los contractuales entre pasajeros y prestadores, y entre prestadores entre sí. Si empezamos resolviendo este último, ayudaremos a minimizar los dos anteriores y potenciar el esfuerzo en REPROs y créditos.
Así ya lo han entendido 17 países, pero aún no se han tomado medidas como estas en nuestro país. Necesitamos que los contratos de transporte aéreo y los de servicios turísticos se reprogramen, una vez terminada la situación de emergencia, por un plazo mínimo de 12 meses mediante la emisión de un voucher por el servicio contratado y no por el monto. En breve empezarán a vencer tickets aéreos cuya emisión ya cumple un año, y así evitaremos el reembolso en momentos de nula venta. Para aquellos viajeros que ya no tengan la motivación de viajar habrá que permitir devoluciones en plazos iguales a la reprogramación.
El turismo estudiantil requiere de otras medidas. El riesgo de la frustración del fin del contrato (viaje de egresados), instituto previsto en el artículo 1090 del Código Civil y Comercial (CCC), hace que deba reprogramarse ni bien las autoridades competentes habiliten los servicios turísticos. Las certezas ayudan a que los padres sigan pagando las cuotas, pilares del negocio.
LOS DESTINOS NACIONALES DEBERÁN TENER PREFERENCIA.
Y en ese sentido podría plantearse que el incumplimiento tardío, también previsto en el CCC, trayendo el principio de fraternidad, bien podría salvarse con la preferencia de la renegociación de la fecha de los contratos con destino nacional, ayudando así a la cantidad de trabajadores del sector que viven hoy una situación angustiante en relación a sus ingresos y el futuro laboral. Según la OMT, en nuestros sitios turísticos nacionales el 60% de los servicios se compran en destino. Es una rápida inyección a las economías locales.
Antes que abran nuestros tribunales se necesita un instrumento jurídico claro, conciso y abarcador de la situación del sector en sintonía con los principios jurídicos argentinos. Los prestadores se deben abocar a proteger el trabajo de nuestros compatriotas, no a contestar cartas documentos. Muchos viajeros han planteado medidas cautelares para lograr la reprogramación de fechas. Sin un instrumento como el que el sector necesita, los costos de las mismas correrán a cuenta de las agencias de viajes, no de la línea aérea.
Hay medidas urgentes que tomar ya que nuestros destinos vienen haciendo un gran trabajo analizando protocolos para el sector y esperando la reapertura de los servicios turísticos. La pasada reunión 16 del Foro de Municipios Turísticos y las del propio Consejo Federal de Turismo van en ese sentido. El reciente caso jujeño es una ventana de esperanza que nos indica que estamos más cerca. Pero hoy, apremia una medida jurídica aliviadora.
Diego Benítez, Doctor en Derecho y economía de sistemas productivos. Presidente de la Aadetur.