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Polémica en la habilitación de la gastronomía en la Ciudad

El Gobierno nacional habilitó la gastronomía al aire libre sólo en espacios públicos y no en el interior de los locales como pretendía Rodríguez Larreta.

En las últimas horas se publicó la Decisión Administrativa 1600/2020 en el Boletín Oficial, que habilitó la gastronomía al aire libre en Ciudad. Se trata de un paso más en el proceso de flexibilización dentro del Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio, que rige en Argentina.

Más allá de ser una medida muy reclamada por el sector privado, la habilitación no dejó de estar cargada de polémica y mostró las diferencias entre el Gobierno nacional y el de la Ciudad de Buenos Aires.

El 28 de agosto el jefe de Gobierno porteño, Horacio Rodríguez Larreta, había anunciado la habilitación de la gastronomía al aire libre, dejando abierta la posibilidad de que sea tanto en espacios públicos como en el interior de los locales (patios internos y terrazas).

Sin embargo, la Decisión Administrativa 1600/2020 habilitó la actividad gastronómica al aire libre, “exclusivamente en vereda, calzada u otros sectores del espacio público, sin el uso de espacios o salones interiores, patios interiores, terrazas jardines o similares”. Los clientes solo tendrán permitido el ingreso a los establecimientos para el uso de sanitarios.

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Protocolos para la gastronomía

Por otra parte, la norma también detalla que “las personas afectadas a dicha actividad quedan exceptuadas del aislamiento social, preventivo y obligatorio” y que “podrá desarrollarse esta actividad siempre que el comercio cuente con habilitación para funcionar al aire libre, en vereda, calzada u otros sectores del espacio público”.

En cuanto al personal, se deberá garantizar la organización de turnos, los modos de trabajo y de traslado (no podrán utilizar el transporte público), que garanticen las medidas de distanciamiento e higiene necesarias para disminuir los riesgos de contagio de Coronavirus.

A todo el personal se le controlará la temperatura antes del ingreso a los establecimientos; deberán mantener la higiene personal y desinfectar el lugar con alcohol antes y después de atender; y mantener una distancia social de 1,5 m. con el cliente con demarcación visible, para puestos de trabajo como cajeros y mesones de atención.

En cuanto al funcionamiento del negocio, los gastronómicos podrán ofrecer el servicio con previa reserva y en cupos limitados. Poniendo a disposición del público alcohol en gel o sanitizante en los accesos. El tapaboca será de uso obligatorio durante la permanencia en el lugar, solo podrán quitárselo al momento de comer o beber.

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