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El ajuste al cepo cambiario le suma preocupación al sector

Cepo cambiario: el BCRA dispuso una retención del 35% y prevé que los gastos con tarjeta se contabilicen dentro del cupo mensual de US$ 200.

Con el argumento de aliviar la presión sobre las reservas y en rigor de reducir la brecha cambiaria, el Banco Central (BCRA) decidió restringir aún más el “cepo cambiario”. La entidad que preside Miguel Ángel Pesce resolvió, entre otras medidas, que los gastos realizados con tarjetas en el exterior ocuparán parte del cupo mensual de U$S 200; así como dispuso una retención del 35% para la compra de dólar ahorro o gastos con tarjeta en el exterior. El dólar turista costaría alrededor de $130.

Por caso, el Banco Central estableció que a partir del 1° de septiembre de 2020 los pagos realizados por los consumos en moneda extranjera con tarjetas de crédito o débito se tomarán a cuenta del cupo mensual; al tiempo que detalló que detalló que no habrá tope al consumo con tarjetas (débito y crédito), aunque aclaró que cuando los gastos mensuales superen el cupo, absorben el de los meses subsiguientes.

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En otras palabras, tras esta disposición del Banco Central si una persona compra con su tarjeta de crédito por un valor de US$ 100 dólares, el cupo para compra de esa divisa se le reducirá a US$ 100 en ese mes; mientras que en el caso que su compra en moneda extranjera supere el monto de US$ 200 mensuales, el resto se tomará a cuenta de los próximos meses: es decir que si alguien realizó compras con su tarjeta por US$ 1.000, durante cinco meses no podrá acceder a los US$ 200 mensuales.

En otro orden, respecto a la medida de la entidad monetaria que establece que el dólar ahorro y los gastos en divisa con tarjeta pagarán 35% a cuenta del Impuesto a las Ganancias, desde el Banco Central indicaron que aquellas personas que compren su cupo de dólar ahorro pero no estén afectados por el pago de ganancias deberán solicitar el reintegro ante la AFIP.

“El directorio del Banco Central, en coordinación con otros organismos del Estado Nacional, tomó medidas para promover una más eficiente asignación de las divisas; evitar operaciones disruptivas de inversores no residentes sobre los mercados financieros; favorecer el desarrollo del mercado de capitales local; sentar los lineamientos para una renegociación de la deuda privada externa compatible con el normal funcionamiento del mercado de cambios, y priorizar a las pequeñas y medianas empresas en la asignación de créditos para la prefinanciación de exportaciones”, argumentaron, para explicar que las empresas que afronten deudas superiores al millón de dólares mensuales sólo podrán acceder al MULC por un 40% del total adeudado. Para el resto, deberán presentar un plan de reestructuración ante la entidad.

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Para no afectar la operatoria habitual, desde el Banco Central sostuvieron que la deducción del límite será aplicada al inicio del mes siguiente a la realización de los consumos con tarjeta de crédito en moneda extranjera; asimismo, notificaron que el BCRA, junto a las entidades financieras, perfeccionarán el control y monitoreo respecto de la capacidad económica y de ingresos requeridos para la apertura de nuevas cuentas bancarias en dólares.

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