San Juan sancionó una nueva Ley de Turismo, la cual reemplaza la promulgada en 1972 y apunta a potenciar el turismo local con nuevas miradas y organismos.
San Juan: nueva Ley de Turismo después de 50 años
Entre sus novedades, la ley comprende al turismo como una actividad de interés, socioeconómica, esencial y estratégica para el desarrollo de la provincia.
“Es un trabajo que venimos realizando desde hace tiempo en conjunto con el sector privado y el académico. La nueva ley está acorde a las necesidades actuales y tiene en cuenta la importancia de la participación del sector privado”, comentó Ariel Giménez, presidente de la Cámara de Turismo de San Juan.
San Juan: objetivos y novedades de la nueva Ley de Turismo
La nueva Ley de Turismo de San Juan declara de interés provincial la actividad turística y adhiere a la Ley Nacional N° 25.997, con excepción a lo previsto en el Título VI sobre infracciones y sanciones.
Con respecto a los objetivos, busca:
- Actualizar y adecuar la legislación en base al desarrollo turístico de la mano de la sustentabilidad, respeto por el ambiente y las identidades locales.
- Promover el desarrollo local mediante la gestión responsable a fin de conservar los recursos naturales y culturales.
- Establecer las bases para la planificación turística provincial a corto, mediano y largo plazo.
- Fomentar la coordinación y cooperación entre el sector público y privado. La ley apunta a la mayor participación posible de todos los actores del sistema y de la comunidad local, a través de distintas técnicas y de la búsqueda de una mayor concientización de las comunidades receptoras.
Por otro lado, y en relación a las novedades, la ley presenta nuevas herramientas, destacando la creación del:
- Comité Interministerial: su finalidad es coordinar entre organismos públicos provinciales con competencias relacionadas y/o a fines al turismo. “Recibir aportes de obras, conectividad, transporte, seguridad y educación para formación de recursos humanos”, ejemplificó Roberto Juárez, secretario de Turismo de San Juan.
- Registro de Prestadores Turísticos: allí se deberán inscribir las personas prestadoras de servicios, como condición previa a cualquier oferta, contratación y comercialización de sus productos.
- Consejo Provincial de Turismo: carácter consultivo y no vinculante. Tiene como finalidad lograr la coordinación, colaboración y cooperación entre los diferentes actores.
Frente a la cantidad de prestadores turísticos que operan sin habilitación, Juárez comentó: “Al detectar viajes ilegales se debe enviar a Nación el expediente, lo que genera que el usuario no reciba una respuesta inmediatamente. Por eso, creamos un nuevo procedimiento de fiscalización, el cual genera que el proceso corra por cuenta de los jueces de Paz y de Faltas de la provincia, ganando agilidad. Asimismo, el cliente podrá acceder a Defensa al Consumidor”
Cabe destacar que la ley tiene en cuenta las modalidades de turismo Accesible, Social, Estudiantil, Aventura, Ecoturismo, Gastronómico, Enoturismo, Astronómico, de Reuniones, entre otros.
Los interesados en leer la norma completa pueden acceder al PDF de la Ley de Turismo 2022.
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