La Administración Nacional de Aviación Civil (ANAC) actualizó el régimen del trabajo aéreo con un nuevo certificado que agiliza los trámites, elimina la necesidad de renovaciones y amplía las actividades permitidas. Vuelos turísticos, agrícolas, con drones o aeronaves experimentales, ahora más accesibles bajo un mismo marco legal.
ANAC facilita inscripción de operadores aéreos
ANAC lanzó un Certificado que elimina renovaciones, amplía actividades habilitadas e incluye vuelos turísticos, drones y aeronaves experimentales bajo un mismo marco normativo.
Vuelos: el gobierno de Javier Milei continúa modernizando la normativa aeronáutica nacional.
Mediante la Resolución 265/2025, el organismo aprobó un nuevo procedimiento para la autorización y operación del trabajo aéreo en el país.
El cambio más significativo es la implementación del Certificado de Explotador de Trabajo Aéreo (CETA), que simplifica la documentación exigida y habilita una gama más amplia de actividades sin necesidad de renovación.
“El objetivo es facilitar el acceso al sistema aeronáutico, reducir la burocracia y adaptarnos a las necesidades del mercado actual”, señalaron desde la ANAC.
ANAC: Qué es el nuevo CETA y cómo se obtiene
A partir de ahora, los operadores -personas físicas o jurídicas- podrán acceder al CETA presentando una declaración jurada que incluya:
- Domicilio en la República Argentina.
- Capacidad económica para realizar las operaciones.
- Información sobre la base de operaciones.
- Listado de aeronaves a utilizar.
Una vez entregada esta documentación, la ANAC emitirá el certificado sin fecha de vencimiento, y habilitará al solicitante a realizar todas las actividades de trabajo aéreo tipificadas en el Decreto 599/2024.
Estas incluyen tareas agrícolas, pesqueras, de inspección, deportivas, de propaganda, vuelos turísticos, entre otras, excluyendo el transporte aerocomercial.
Vuelos más ágiles: adiós a los trámites eternos y a las restricciones innecesarias
Una de las novedades más celebradas del nuevo régimen es que los CETA no requerirán renovación periódica. Solo en caso de iniciar una nueva actividad, los operadores deberán notificar a la ANAC con antelación, y cumplir con las regulaciones y seguros correspondientes.
Además, los vuelos turísticos rentados -como los paseos aéreos que despegan y aterrizan en el mismo lugar-, ahora están incluidos en el marco general de trabajo aéreo, eliminando la necesidad de normativas específicas como las que existían desde 2015.
“Con esta medida, buscamos modernizar el sistema aeronáutico argentino, agilizar los plazos y dar mayor previsibilidad a los operadores”, explicaron desde la Dirección Nacional de Seguridad Operacional (DNSO).
Avances clave: drones, aeronaves experimentales y nuevas tecnologías
El nuevo CETA también habilita la utilización de aeronaves experimentales y drones (RPA) para actividades de trabajo aéreo, bajo ciertas condiciones técnicas y limitaciones operativas.
Para estas operaciones, los interesados deberán notificar a la ANAC con al menos 15 días hábiles de anticipación y presentar la documentación técnica correspondiente.
Esto marca un avance significativo hacia la incorporación de nuevas tecnologías en la aviación comercial no regular, y representa una apertura hacia nuevos nichos de negocio.
Una reforma con impacto en todo el sector
La resolución también garantiza que los operadores actuales que ya poseen un CETA puedan realizar cualquier actividad contemplada en el decreto 599/2024 con una simple notificación previa.
En caso de incumplimiento de los requisitos legales, operacionales o de seguridad, la ANAC se reserva el derecho de suspender o cancelar el certificado.
De esta manera, el nuevo sistema pretende consolidar un esquema regulatorio más flexible, moderno y adaptado a las necesidades del entorno aeronáutico actual, en línea con la tendencia global de facilitar la operación aérea sin comprometer la seguridad.