El presidente Javier Milei evalúa eliminar o modificar leyes de Turismo. Analiza la descentralización de los agentes de viajes, y apunta a la derogación de la ley 18.829, ponerle fin al Registro de Agencias de Viajes y simplificar los trámites burocráticos. El empresario Hernán De la Colina autor del proyecto, explicó la letra chica del documento.
La letra chica del proyecto en que se basa Javier Milei para derogar la ley de agentes de viajes
Javier Milei evalúa la eliminación del Registro de Agencias de Viajes. Hernán De la Colina, autor del proyecto, explicó los pormenores del plan.
"En un informe presentado a todos los candidatos para desarrollar el turismo en Argentina propusimos la descentralización de los agentes de viajes", dijo, para agregar que recomendaron que el control de los agentes de viajes sea por parte de su propio sector.
En este sentido, argumentó que la fuerza gremial empresarial les permitió llegar a esa conclusión; lo que implicaría no sólo una optimización de los recursos, sino además "un registro más ágil y dinámico, sobre todo en relación a la fiscalización".
Recalcando que dicha propuesta es parte de un documento que realizado junto a Diego Benítez y un equipo interdisciplinario con una mirada del ecosistema turístico actual, De la Colina aconsejó que la registración de las agencias de viajes sea llevada a cabo por cada provincia. "Si lo desean pueden informarlo al Consejo Federal de Turismo (CFT)", agregó.
Por otra parte, sosteniendo que el plan es contribuir al desarrollo de la industria, comentó que el proyecto no requiere que las agencias de viajes posean un lugar físico para trabajar, "lo que reduciría en forma notable el empleo de personal y generaría una mayor libertad para constituirse en agentes de viajes."
Las bases del proyecto que cautivó a Javier Milei
Afirmando que a los fines del ejercicio del comercio, la ley de Agente de Viajes y ley de Defensa del Consumidor pueden aparecer en principio como un inconveniente o un riesgo para el empresario, resulta claro que constituye un ordenamiento que jerarquiza la actividad comercial.
"Ello implica asumir el desafío, y preparar las estructuras y el personal para cumplimentar lo que dejaron de ser exigencias de mera fe, para constituirse en un plexo normativo que tiende a ampliarse y a perfeccionarse en el futuro", dijo, para preguntarse: "¿Es necesario hoy en día la estructura que detenta uno de los únicos registros nacionales vigentes pensado para otro paradigma en relación a la actualidad de las agencias de viajes?"
Indicando que la respuesta es negativa, De la Colina señaló que la Dirección Nacional de Agencias de Viajes tiene entre sus competencias la de llevar el Registro Nacional de Agencias de Viajes, tanto las altas como las bajas de las agencias, sus sucursales, cambio de titularidad en todo el país, y emplea recursos humanos de más de 50 personas, realizando una tarea que bien podría ser redirigida.
"La ley 18.829 junto con su decreto reglamentario establecen una actividad meramente registral y de fiscalización escasa, ya que cuenta con ínfimos recursos para poder cumplir con la fiscalización en todo el país y protege muy débilmente al turista", sostuvo, para manifestar: "Su sistema es meramente sancionatorio y sólo cuenta con un espacio presumarial que escucha los reclamos de los turistas contra las agencias de viajes, pero difícilmente encuentra acuerdo debido en gran parte por contar tan sólo con cinco sumariantes para las más de 6.000 agencias registradas".
Al respecto, asegura que el paradigma de dicha norma ha sido modificado indirecta y sustancialmente por la ley 24.240, que trata los derechos de los consumidores finales en general, incluidos desde ya, los usuarios de servicios turísticos.
"Ello, ha generado una transformación en el ordenamiento aplicable, con trascendentes consecuencias prácticas y la principal es que las normas de la ley de Protección y Defensa de los Consumidores (LDC) son plenamente aplicables a las relaciones de consumo entre los usuarios y las agencias de viajes y turismo, sin distinción alguna del carácter de intermediarias u organizadoras de éstas", opinó.
De hecho, añadió que la aplicabilidad de la norma de Defensa del Consumidor a los contratos de turismo implicó un notable avance en procura de establecer un equilibrio adecuado entre la parte más vulnerable (usuario) y la que detenta una posición dominante (agencia) en la relación contractual.
Respecto al deber a cargo de las agencias de viajes de informar a los turistas los detalles de los servicios ofrecidos y cualquier cuestión atinente a las particularidades que puedan afectar los mismos, enfatizó que dicho escenario ha tomado una dimensión superior a partir de la ley Defensa del Consumidor, que establece que “quienes produzcan, importen, distribuyan o comercialicen cosas o presten servicios, deben suministrar a los consumidores o usuarios, en forma cierta y objetiva, información veraz, detallada, eficaz y suficiente sobre las características esenciales de los mismos”.
"Con razón se sostiene que la información impuesta al experto –agente de viajes- frente al profano –usuario del servicio-, se satisface mediante el cumplimiento de pautas exigentes: veracidad, objetividad, detalle, eficacia y suficiencia".
¿Derogan la ley de los agentes de viajes?
"Las particularidades del turismo como actividad comercial, han llevado a que históricamente el sistema de responsabilidad fuese el de una responsabilidad acotada y limitada, en base a eximentes que imposibilitaron al usuario proteger sus derechos", explicó, para seguir: "Ello conllevó, por cierto, que se viera acotado el riesgo en la actividad de las agencias de viajes".
En este contexto, el documento detalla que la tendencia, obviamente lleva en muchos casos a relajar las costumbres y a desatender circunstancias que varían ante los cambios legislativos y frente a las tendencias sociales.
"Efectivamente, hoy la tendencia viró a favor del turista y continuará en ese camino. La postura de resignación, característica de la reacción del turista ante las dificultades, y especialmente frente a la complejidad de reclamar compensaciones por incumplimiento, tiende a desaparecer y a dar paso a una conducta más exigente y decidida", subrayó.
En este contexto, expuso que, especialmente los medios de difusión y los avances legislativos en distintas partes del mundo, con sus secuelas de garantías explícitas y exteriorizaciones de los derechos que caben a los usuarios, propenden a una decidida reacción por parte de quienes son destinatarios finales de los servicios, acerca de cuyo cumplimiento se sienten en condiciones y especialmente con posibilidades de acceder a reclamos.
Por otra parte, resaltó que suelen superponerse las competencias de la Dirección Nacional de Agencias de Viajes con la Dirección Nacional de Defensa del Consumidor e incluso con las dependencias de Defensa del Consumidor provinciales y municipales. "Es decir que un turista puede denunciar a nivel nacional en dos organismos distintos y en también en las direcciones de defensa del consumidor tanto provinciales como municipales", dijo, para puntualizar: "La derogación generará una optimización de recursos, trámites más ágiles para el administrado y una política pública orientada a generar un mejor consenso con el sector".
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