La industria de cruceros celebra una nueva medida del gobierno de Javier Milei. La Dirección Nacional de Migraciones estableció que la tasa retributiva de servicios que se cobra para todos los turistas que ingresen o egresen del territorio y pasen por distintos puertos nacionales, deberá ser abonada por única vez.
Argentina modifica la tasa de servicios de cruceros para reanimar el turismo receptivo
Para incentivar el turismo receptivo y el doméstico, el Gobierno cambia la tasa de servicios de ingreso a Argentina. Celebra el segmento de los cruceros.
La iniciativa, que pretende robustecer el turismo receptivo internacional y promover el turismo interno, no contempla cambios en los montos abonados.
De esta manera, y tras la Disposición 784/2024 publicada en el Boletín Oficial, se establece: "En atención a la dinámica de la operatoria del control migratorio, la relevancia de la actividad portuaria y su elemental influencia en las políticas tendientes a robustecer la actividad de turístico receptivo, resulta imperioso establecer los lineamientos para el control de pasajeros que ingresan y/o egresan del Territorio Nacional por vías marítimas y que resultaren sujetos a tributo".
Asimismo, el documento explica que "resulta imperativo establecer que la tasa retributiva de servicios será cumplimentada por cada pasajero y por una única vez, en ocasión de efectivizarse el primer egreso del Territorio Nacional cuando la travesía resultare integrante de un itinerario que abarcare recaladas en diferentes puertos nacionales y toda vez que los datos informados por cada responsable en cada solicitud resultaren correspondientes".
En este contexto, el organismo especificó que el monto a pagar por cada pasajero corresponde a la tasa unificada actualizada en julio de 2024 bajo el Decreto N° 584, la cual oscila entre $ 2.000 y $ 5.000, según el tipo de servicio y puerto de salida.
"Esta tasa está destinada a cubrir los servicios que la Dirección presta a pasajeros y transportistas al momento de egresar del país", argumenta la resolución.
Cruceros: requisitos para las agencias de viajes y transportistas
Para facilitar el proceso de control y registro, las agencias de viajes y los operadoras de cruceros y buques de carga tendrán la obligación de entregar un "plan anual de arribos y partidas", también llamado itinerario, ante la Dirección de Control Marítimo-Fluvial de la DNM.
Este plan debe ser presentado con anticipación al primer servicio de salida del buque y es fundamental para "la debida fiscalización de los datos proporcionados en cada solicitud de servicio", según establece el artículo 4° de la disposición.
Además, los transportistas deberán asegurar que la información sobre pasajeros y tripulantes coincida en cada solicitud de servicio. Esto, con el objetivo de "garantizar la coherencia de la información proporcionada en cada solicitud de servicio a lo largo del itinerario", como lo indica la normativa.
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