En los últimos años es cada vez más habitual leer noticias que dan cuenta de cómo las ciudades reglamentan la actividad de las plataformas de alojamiento temporario. Sin embargo, paralelamente, sigue siendo usual leer nuevos informes que apuntan con el dedo al modelo Airbnb por acelerar la gentrificación de los destinos y declaraciones de hoteleros que dicen estar siendo llevados a la ruina por la competencia desleal de los apartamentos.
Plataformas de alojamiento: sobran leyes, falla la aplicación
Cada vez más destinos adoptan regulaciones al mercado de alojamientos temporales para turistas. Sin embargo, un informe de la OMT advierte sobre problemas de implementación debido a la falta de claridad de las reglas o de quién es el responsable de supervisar y controlar la oferta.
¿Cómo puede ser que convivan ambas situaciones en tiempo y espacio? Una posible respuesta se encuentra en el informe “Nuevos modelos de negocios en la industria del alojamiento” elaborado por la Organización Mundial del Turismo (OMT): leyes hay, pero muchas veces se pierden en el agujero negro de la implementación. Con otras palabras, esa es la conclusión a la que llegó el organismo luego de analizar 21 estudios de casos de normativas destinadas a regularizar la mal llamada “economía colaborativa”. El propio Zurab Pololikashvili, secretario general de la OMT, comentó que “el número de regulaciones es significativamente mayor de lo que pensábamos y resuelta alentador ver que los destinos están tomando la iniciativa”. Sin embargo, el funcionario reconoció que al mismo tiempo el informe “pone de relieve los retos que afrontan los destinos al implementar dichas normativas, ya sea por falta de claridad y por no saber quién es el responsable de supervisar y controlar los alojamientos para estancias cortas”. Según Pololikashvili, la clave para afrontar ese desafío está en una buena gobernanza y la cooperación efectiva entre los sectores público y privado.
IMPUESTOS SIEMPRE.
El análisis de las regulaciones sobre el mercado de los alquileres turísticos se enfocó en tres áreas: competencia leal, protección del consumidor y sostenibilidad.
No sorprende que del análisis de los 21 casos se desprenda que la mayoría de las medidas implementadas estén ligadas al combate a la deslealtad competitiva. De hecho, la acción que más se repite (en el 95% de los destinos estudiados) es el cobro de impuestos, lo cual es entendido como
una prioridad para la regulación de los alquileres temporarios. La otra faena más aplicada es la categorización, para definir si lo que se renta es una habitación o una propiedad. Un poco menos, aunque se observa en el 81% de las normas, las regulaciones incluyen la obligación de registrar los inmuebles ante las autoridades locales de cara a obtener una licencia que les permita operar. En un 76% de las normativas se exigen la firma de un contrato de subarrendamiento de la propiedad.
También son bastante comunes las regulaciones implementadas para proteger al consumidor, tales como requerimientos de cumplimiento de algunos estándares básicos de seguridad e higiene o mecanismos para resolver quejas. De todos modos, sólo en el 24% de los casos analizados se prevé la obligación de contratar un seguro a favor del huésped.
EN VEREMOS.
Lo que sí sorprende es que en la mayoría de los destinos que cuentan con regulaciones para el alquiler temporario no se prevean acciones para que ese negocio se desarrolle de manera planificada y con criterios sustentables. Sucede que justamente una de las mayores críticas hacia las plataformas son el impacto que tienen sobre la gentrificación, el cambio que produce en el paisaje urbano y las molestias causadas a los residentes locales.
Sin embargo, sólo el 24% cuenta con requisitos especiales de zonificación y un tercio de las regulaciones incluye algún tope de rentas temporarias por edificio o barrio. Por caso, destinos con gran afluencia de viajeros como París, Berlín y Londres prácticamente no aplican medidas en este sentido.
De acuerdo al informe de la OMT, Japón es el país con mayor cantidad de medidas para controlar el auge de los alojamientos temporales, seguido por Dubái y Bélgica.
En números
95% de las regulaciones analizadas incluyen medidas para asegurarse que los alojamientos temporarios paguen impuestos.
33% apenas de las normas establecen algun tope máximo permitido al número de rentas por edificio o barrio.
24% de las reglamentaciones prevén que se contrate un seguro para proteger al consumidor.