Casi cuatro años y medio después de su polémica implementación, la AFIP dio formalmente de baja la obligación de presentar Declaraciones Juradas Anticipadas de Servicios (DJAS) por cada contrato y/o factura que se celebre con prestadores extranjeros para luego acceder al mercado local de cambios. La resolución publicada la semana pasada en el Boletín Oficial es sólo una formalización de una práctica, ya que en agosto de 2016 el Banco Central ya había instruido a las entidades financieras para que no exigieran más la presentación de DJAS.
Lo curioso de la derogación oficial es el reconocimiento de que "la referida información puede ser obtenida por los organismos gubernamentales intervinientes a través del uso de las tecnologías de la información".
FUENTE: la-afip-oficializo-la-derogacion-de-las-djas
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