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Hoteles: ¿qué requisitos exigir a los huéspedes en Ciudad?

En Ciudad de Buenos Aires hay nuevos requerimientos que se les debe hacer a los huéspedes cuando hacen el check-in en los hoteles.

La apertura de los hoteles en Ciudad de Buenos Aires en un contexto de pandemia, exigió nuevos requerimientos para los huéspedes, tanto si son extranjeros como si provienen de otras provincias de Argentina.

En el caso de los turistas extranjeros, la Ciudad exige PCR en destino, el test se lo deben realizar en el aeropuerto al momento de llegada o en los centros operativos que hay en la Ciudad para tal fin. El PCR de origen se lo deberían exigir a los pasajeros las aerolíneas o empresas de transporte al momento de embarcar, según dictamen del Gobierno Nacional. No es obligación del hotel exigirlo.

En la Ciudad de Buenos Aires, los huéspedes de los hoteles no están obligados a realizar cuarentena, a menos que el PCR realizado en el aeropuerto o en los centros operativos para tal fin les haya dado positivo por Coronavirus.

Por su parte, los turistas nacionales al ingresar a la Ciudad de Buenos Aires deberán dirigirse con turno previo y DDJJ online a los centros operativos para realizarse prueba de PCR, siempre que vengan por más de 24 horas al destino. No es obligación del hotel exigirlo. Solamente realizan cuarentena en el caso que el test les dé positivo por Coronavirus.

Servicios habilitados en los hoteles de la Ciudad

  • El desayuno se sirve como room service o en el desayunador.
  • Se debe aplicar el protocolo para la gastronomía en espacios cerrados que rige en Ciudad de Buenos Aires.
  • Uso de gimnasio y piscina no está habilitado.
  • El servicio de masajes se puede brindar en una sala adaptada.
  • Sigue sin estar habilitado el servicio de spa.
  • Ascensores: indicar en lugares visibles que el ascensor se deberá usar en forma individual, exceptuando que sea utilizado por un mismo grupo familiar.
  • Solicitar e incentivar el uso de medios digitales de pagos.
  • Retirar de las habitaciones toda la papelería,como anotadores, hojas y folletería. En el caso de la información que se deba mostrar obligatoriamente deberá estar plastificada, enmarcada o presentarse en formato digital (QR, mensajería instantánea o correo electrónico).

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