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Ministerio de Turismo y Deportes
Comisión de Turismo de la Cámara de Diputados

¿El Poder Legislativo al auxilio de Turismo?

El Senado y la Cámara de Diputados de la Nación están trabajando en un proyecto de ley que reemplazaría cualquier intento de declarar la Emergencia Turística en Argentina.

Luego de que se cancelara la reunión del lunes convocada por el presidente de la Comisión de Turismo, Alfredo Cornejo, para tratar los 13 proyectos presentados para declarar la ley de emergencia turística en todo el territorio nacional, Ladevi Medios y Soluciones pudo confirmar que desde el Senado y la Cámara de Diputados de la Nación están trabajando en un borrador que reemplazaría la esencia de mencionados proyectos.

Por caso, se trata de un “Plan de Auxilio, Capacitación, Infraestructura y Promoción del Turismo Nacional” que pretende regir en todo el país; al tiempo que tiene como objetivo dinamizar el turismo local, generar puestos de trabajo y potenciar el desarrollo de la actividad, brindando un régimen de previsibilidad para los prestadores turísticos.

Entre sus alegatos, el borrador, que está siendo analizado por las gremiales empresariales turísticas, busca fomentar la actividad por medio de apoyos económicos y/o beneficios para los actores involucrados en la industria; promover el sostenimiento y la capacitación de las fuentes de trabajo; ofrecer condiciones favorables para el acceso al crédito con el objetivo de dotar a los establecimientos turísticos de las medidas sanitarias necesarias; establecer incentivos impositivos para fomentar la demanda de servicios turísticos por los usuarios; financiar proyectos de infraestructura para el impulso y diversificación de la oferta de destinos turísticos en el país; adoptar medidas de protección para los usuarios y el sostenimiento de los actores turísticos con motivo de las cancelaciones ocurridas por la pandemia; e incentivar el acceso a las medidas implementadas a través de campañas de difusión masiva.

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PROYECTO DE LEY EN ANÁLISIS.

El texto contempla la creación de un “Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo de Turismo Nacional”, que consistirá en la obtención de un “Salario Complementario” abonado por el Estado para los trabajadores en relación de dependencia del sector privado.

“El monto de la asignación será equivalente al cincuenta por ciento (50%) del salario neto del trabajador, no pudiendo ser inferior a una suma equivalente a un salario mínimo, vital y móvil ni superar dos salarios mínimos, vitales y móviles, o al total del salario neto correspondiente a ese mes”, explica.

Además prevé la conformación del “Programa de Crédito a Tasa Cero para Prestadores Turísticos” como mecanismo tendiente a facilitar a las empresas, monotributistas y autónomos la adquisición de equipamiento de seguridad sanitaria relacionada al Covid-19, el sostenimiento de la actividad, el ajuste a protocolos para retomar la actividad y el pago de servicios públicos. El monto financiado podrá ser devuelto en hasta cuarenta y ocho (48) cuotas mensuales.

El capítulo referido a “Impuestos” indica que los prestadores turísticos beneficiarios del presente régimen no estarán alcanzados por las obligaciones del ingreso de anticipos y/o pagos a cuenta, y no serán sujetos pasibles de retenciones ni percepciones del Impuesto a las Ganancias y del Impuesto al Valor Agregado. “Asimismo, postérguese hasta enero de 2021 el ingreso del impuesto resultante correspondiente al Impuesto a las Ganancias por los períodos fiscales con vencimiento durante el transcurso del presente año”, sostiene el proyecto.

Por otra parte, señala que los agentes de viajes, establecimientos hoteleros, de alojamiento temporario y las empresas de transporte -en cualquiera de sus modalidades- que hayan sido impedidos de prestar normalmente los servicios contratados con motivo de la pandemia, deberán ofrecer a los usuarios la reprogramación de los servicios contratados, respetando la estacionalidad, calidad y valores convenidos, dentro de un período de dieciocho (18) meses posteriores al levantamiento de las medidas restrictivas de circulación adoptadas por el Poder Ejecutivo nacional.

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