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Viajes de egresados y DNU: menos regulaciones, menos garantías

El DNU y Ley Ómnibus del presidente Javier Milei proponen desregulaciones que impactan de lleno en el turismo, incluyendo los viajes de egresados.

El poder legislativo comienza a tratar la Ley Ómnibus, el paquete de leyes enviado por el presidente Javier Milei, que busca impulsar profundos cambios en la política nacional. Cambios que, entre otros ámbitos, dejará vulnerable la operación de viajes de egresados y viajes de estudio.

En concreto, las reformas incluyen sustituciones en la Ley N° 25.599, que regula la operación de las agencias de viajes para comercializar turismo estudiantil.

Viajes de egresados: ¿qué cambios impulsa la Ley Ómnibus?

Una de las medidas dispuestas es la eliminación del Fondo de Fideicomiso de Turismo Estudiantil, y consecuentemente, también de la Cuota Cero. Este mecanismo respalda a los estudiantes en caso de incumplimiento de las empresas de viajes, y garantizando que nadie se quede sin su viaje o sin la devolución de lo abonado en concepto de contrato básico.

De esta manera, de aprobarse el proyecto, el cumplimiento del servicio contratado correrá exclusivamente por parte de las empresas que ofrecen el servicio y los padres que lo contratan, generando vulnerabilidad.

Tampoco se exigirán requisitos económicos para operar en el segmento de viajes de estudio y fin de curso.

Coordinadores de grupos, sin requisito alguno

Asimismo, hace ruido la quita de requisitos especiales para los coordinadores que deben velar por el cuidado de los niños y adolescentes.

La anterior normativa estipulaba una serie de requisitos bastante elementales:

  • Mayoría de edad de 21 años.
  • Contar con el secundario completo.
  • No tener antecedentes penales.
  • Figurar en el Registro de esta actividad.

Con las modificaciones impulsadas por el gobierno nacional, ninguna de estas medidas sigue en vigor, por lo que los menores pueden quedar bajo la responsabilidad de personas que no cumplen siquiera los requisitos mínimos mencionados.

Turismo estudiantil: los nuevos requisitos para las agencias de viajes

En sintonía, la Ley Ómnibus indica los nuevos requisitos para comercializar viajes de turismo estudiantil.

Para empezar, el nuevo artículo N°1 de la Ley 25.599 indica que "las agencias de viajes turísticos que brinden servicios a contingentes estudiantiles, deberán contar con un 'Certificado nacional de autorización para agencias de turismo estudiantil'", omitiendo de esta manera el requisito que indicaba que estas entidades debían estar inscriptas en el Registro de Agentes de Viajes de la Secretaría de Turismo de la Nación. Esa omisión aplica a los nuevos artículos N° 3 y N°5.

De esta manera, los interesados en comercializar viajes estudiantiles solo necesitarán un certificado y una declaración jurada para operar.

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