El gobierno de Javier Milei estableció nuevos requisitos para cobrar pensiones de Anses. Los beneficiarios que no lo cumplan quedarán suspendidos hasta que se acredite lo contrario. Quienes viajen al exterior deberán dejar constancia de su reingreso al país.
Nuevos requisitos para mantener las asignaciones de Anses: si viajas al exterior, podes perder el beneficio
El gobierno de Javier Milei modificó los requisitos y criterios de acceso de las Pensiones No Contribuyentes (PNC) y otras Asignaciones Familiares. Jubilados y beneficiarios que estén fuera del país 90 días consecutivos o más, no cobran.
Aunque a la mayoría de los jubilados los viajes de larga duración les resulta una hazaña, Anses dispuso que, quienes permanezcan en el exterior del país por tres meses o más no podrán seguir percibiendo pensiones no contributivas. El beneficio entrará en suspensión hasta que el jubilado vuelva a Argentina y pueda probarlo.
Según se desprende de la normativa de la resolución, que lleva la firma del titular de Anses, Mariano de los Heros, se trata de una medida que busca “ejercer el control de las prestaciones no contributivas de la seguridad social y en las asignaciones que administra el organismo en aquellas que establecen el requisito de residencia en el país para su obtención y/o percepción, sin fijar un plazo específico de permanencia”.
Si bien desde Anses ya habían establecido que, para cobrar las prestaciones no contributivas de la seguridad social o asignaciones que administra la entidad, era requisito la residencia en el país, no registraba un plazo específico de permanencia.
Sin embargo, y a través de la Resolución 918/2024 del Boletín Oficial, ahora estipula que "deberá entenderse que la persona titular o generadora de derecho, según corresponda, no cumple con dicho requisito cuando se haya ausentado del territorio de la República Argentina por un período superior a 90 días corridos".
En este sentido, advierte que para verificar el cumplimiento del requisito de residencia mencionado se utilizará la información obrante en las distintas bases de datos de Anses y aquella remitida por la Dirección Nacional de Migraciones.
Te puede interesar
Turismo en la era de Javier Milei
Nuevos requisitos: ¿por qué me podrían dar de baja la prestación de Anses?
- En caso de verificar el incumplimiento del requisito de residencia mínimo de 90 días, se procederá a la suspensión del beneficio. Será hasta que la persona titular solicite la activación del mismo y "demuestre fehacientemente que se encuentra nuevamente residiendo en el país".
- "Cuando se trate de prestaciones respecto de las cuales, dicho incumplimiento, implique la pérdida de derecho, en cuyo caso se procederá a la baja de las mismas", amplió el aparatado de excepciones.
¿A quiénes también se les podrá suspender la prestación de ANSES?
- La suspensión también aplicará para quienes cobren la bonificación por zona austral y no residan en dicha gestión. A quienes no aclaren su situación, se procederá con el esquema.
- Se deberá solicitar y "probar el derecho a la misma para ser abonada nuevamente". El Ejecutivo alegó que "si bien algunas de estas prestaciones establecen, en sus normas reglamentarias y aclaratorias, un lapso específico para determinar el cumplimiento de dicha exigencia, en aquellas en donde no se prescribe el mismo, deviene necesario disponer un plazo razonable que se adecue con el requisito de residencia en el país, cuando se produzca la ausencia del territorio de República Argentina".
Temas relacionados