A dos semanas de que el juez de Guardia Eduardo Malde encontrase los fundamentos inherentes a la demanda colectiva contra Despegar por el presunto incumplimiento de la empresa por parte de la Asociación de Consumidores, Usuarios, Clientes y Contribuyentes (Acucc), y le diera curso a la habilitación de la feria judicial -y en consecuencia a la presente acción de amparo-, el escenario es totalmente antagónico.
Despegar: foja cero para la demanda colectiva
Rechazan la demanda colectiva por falta de legitimación y la Acucc amenaza con acudir a la Corte Suprema. Abogado especialista analiza los escenarios posibles.
Por caso y tras haber solicitado ciertos actos y preparativos procesales para que se corrobore que no se estaban haciendo otras demandas colectivas, el 2 de junio, la jueza María José Gigy Traynor del Juzgado 28 rechazó la acción por falta de legitimación activa, “entendiendo que no existen motivos para que cada particular afectado promoviera una acción individual para garantizar sus derechos”.
En otras palabras, desdijo al juez Malde, y entiende que la Acucc carece de legitimación; así como evalúa que no hay apremio para una demanda colectiva, e insta a que cada consumidor demande de forma individual si así le parece.
REVÉS JUDICIAL EN LA DEMANDA CONTRA DESPEGAR.
“No entendemos ni compartimos porque el consumidor afectado debería esperar todo el paso de la pandemia, seguir endeudándose con el pago de los servicios de Despegar, o en su caso a esperar a la buena voluntad de la empresa para hacerse de los fondos que hoy, más que nunca, los necesita”, denunció Juan Ignacio Cruz Matteri, secretario y apoderado legal de la Acucc, en conversaciones con este medio, y reconoció que la Asociación apeló la decisión, la cual ahora será tratada por la Cámara Comercial, organismo que deberá evaluar si revoca la sentencia de primera instancia.
“En caso de no obtener una respuesta favorable, estamos preparados para llevar el caso hasta la Corte Suprema”, adelantó Matteri.
DESPEGAR NO ACUSA RECIBO.
En relación con la demanda colectiva contra Despegar, desde la OTA comentaron que más allá de que la jueza competente desestimase la legitimación de la Acucc para iniciar la acción colectiva, “nosotros acatamos todos los decretos y resoluciones oficiales”.
Asimismo, resaltan que han adecuado todos sus procesos para dar curso a los cambios y las devoluciones relacionados con el impacto de la pandemia en el sector turístico, según las políticas contratadas y de acuerdo con las disposiciones de los proveedores finales.
“En relación específicamente con la resolución 131/20 del MinTurDep, en caso de tratarse de una reserva de hotel en Argentina para utilizar entre el 17 y el 31 de marzo de 2020, se ofrece al cliente una devolución del 100%”, detallaron.
EL MINTURDEP Y DESPEGAR, ¿ALINEADOS?
Desde que inició la pandemia las denuncias contra las OTAs se han multiplicado y Despegar no fue la excepción. Por caso y de acuerdo al MinTurDep, al cierre de esta edición, el organismo que conduce Matías Lammens recibió 263 denuncias.
“Del total de las denuncias, 109 fueron notificadas a Despegar, y en 19 casos la empresa pidió una prórroga para contestar, mientras que ya presentó siete descargos a los respectivos denunciantes del trámite”, detallaron desde Suipacha 1111, que celebraron que Despegar haya puesto un interlocutor para darle el tratamiento adecuado a las denuncias de los consumidores.
A su vez y tras enfatizar que ya consiguieron cuatro y nueve acuerdos en resolución firme y en proceso, respectivamente, desde la cartera de Turismo explicaron que en los próximos días notificarán a Despegar de 128 denuncias, las cuales se encuentran en proceso de tramitación.
CONSUMIDOR REX, RELOADED.
“Las acciones colectivas son una cuestión novedosa, y aunque desde hace varios años se están desarrollando y consolidándose, aún no terminan de configurarse en su totalidad porque no hay una ley que regule los procesos colectivos como tales”, explicó Javier Wajntraub, abogado especialista en Derechos del Consumidor y socio en Wajntraub Abogados.
En este orden, comentó que en una demanda colectiva no hay un individuo exigiendo reparos por la vulneración de sus derechos, sino que es una asociación la que asume sus defensas. “El argumento es que los individuos no encararían una demanda por un monto pequeño, dado que el costo de los honorarios de los abogados y el acceso a la Justicia puede ser hasta superior al recupero del crédito”, comentó.
CASO DESPEGAR.
Consultado por el caso de Despegar, Wajntraub advirtió que cualquier demanda colectiva es un peligro latente para un proveedor; aunque indicó que la situación se encuentra en una etapa de certificación de clase, y explicó: “La demanda colectiva es una excepción y no la regla. No cualquier demanda puede convertirse en un reclamo de muchos. Los jueces deben reconocer una causa fáctica común, un problema igual para todos los que invocan la representación”.
Por caso, indicó que la jueza pudo haber detectado matices y particularidades individuales que hicieran perder consistencia al reclamo colectivo, dado que la solución para algunos, no siempre puede satisfacer a otros.
No obstante, manifestó que cuando se trata del derecho de los consumidores, hay un paraguas constitucional que hace que se sea menos riguroso en el análisis de la justificación de la representación; y advirtió:
¿SE CAE LA DEMANDA COLECTIVA?
En relación a las posibilidades de que se sostenga la demanda colectiva, el abogado especialista en Derechos del Consumidor y socio en Wajntraub Abogados enfatizó que si Despegar comienza a resolver reclamos en forma particular, podría darle argumentos a la Justicia para que se desarticule la demanda.
Asimismo, comentó que para el derecho civil argentino la frustración temporal de un contrato no implica la resolución contractual; y sostuvo que si un proveedor no puede cumplir por causas que le son ajenas, como la pandemia, se constituye un caso fortuito para el proveedor, y en principio está eximido de la obligación de reparar daños e indemnizar al consumidor.
Sin embargo, explicó que “hay casos donde la frustración temporada se convierte en permanente, no tiene sentido el cumplimiento del contrato y el consumidor puede dejar sin efecto el contrato”; al tiempo que aseveró: “En la demanda colectiva contra Despegar deben cumplirse ambos escenarios y esto le serviría a la empresa para oponerse al proceso judicial”.
Por último, aclaró que si bien la demanda puede llegar a la Corte Suprema, eso no implica que los jueces le den la razón.
CONSUMIDOR REX
El estreno de las acciones de incidencia colectiva en Turismo ocurrió hace más de cinco años, cuando la Acyma denunció a más de 30 agencias de viajes por diferenciar precios en efectivo y con tarjeta. “La demanda sigue en los Tribunales de Justicia, y no se puede sacar conclusiones ni aprender de la causa”, indicó Javier Wajntraub respecto al reclamo millonario de la Asociación.
LEE LA NOTA PUBLICADA: https://issuu.com/ladevi.argentina/docs/arg_1281
DEMANDA RELOAD
Expectantes por la resolución del caso Despegar, desde la Acucc iniciaron demandas colectivas contra Almundo, y explicaron:
Al respecto indicaron que la respuesta de la firma fue una Carta Documento “exhortando a que cesen con la utilización de su nombre”; en tanto comentaron que “la Justicia aún no avanzó con la causa, y debe estar esperando que la Cámara Comercial se expida sobre el caso Despegar”.
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