A través de la publicación en el Boletín Oficial de la Decisión Administrativa 963/2020 se dieron a conocer las actualizaciones del Programa de Asistencia al Trabajo y a la Producción (ATP). Entre ellas se destaca que el Comité de Evaluación y Monitoreo del Programa recomendó que el otorgamiento de los Créditos a Tasa Cero se extienda hasta el 30 de junio.
Actualidad Horeca
Actualización del ATP
El ATP se actualiza: extiende el período de otorgamiento de créditos y suma restricciones a las empresas beneficiadas.
Por otra parte, se publicaron aclaraciones sobre los requisitos que deberán cumplir las empresas que accedan a los beneficios del ATP:
- No podrán distribuir utilidades por los períodos fiscales cerrados a partir de noviembre de 2019.
- No podrán recomprar sus acciones directa o indirectamente.
- No podrán adquirir títulos valores en pesos para su posterior e inmediata venta en moneda extranjera o su transferencia en custodia al exterior.
- No podrán realizar erogaciones de ninguna especie a sujetos relacionados directa o indirectamente con el beneficiario cuya residencia, radicación o domicilio se encuentre en una jurisdicción no cooperante o de baja o nula tributación.
ATP: PLAZOS DE LOS REQUISITOS.
Asimismo, estos requisitos se aplicarán en los plazos que se detallan a continuación:
- Los 12 meses siguientes a la finalización del ejercicio económico en el que fue otorgado el beneficio para las empresas que contaban con más de 800 trabajadores al 29 de febrero de 2020, en el supuesto de las remuneraciones devengadas en abril de 2020; y las empresas que contaban con hasta 800 trabajadores al 29 de febrero de 2020, en el supuesto de las remuneraciones devengadas en mayo de 2020.
- Los 24 meses siguientes a la finalización del ejercicio económico en el que fue otorgado el beneficio para las empresas que contaban con más de 800 trabajadores al 29 de febrero de 2020, en el supuesto de las remuneraciones devengadas en mayo de 2020.
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